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Alba desatendió su función judicial para ir contra Rosell

Alba desatendió su función judicial para ir contra Rosell

La Inspección del Consejo General del Poder Judicial considera procedente expulsar de la carrera judicial a Salvador Alba, al ver probado que se desentendió de su labor judicial para intentar investigar, sin competencia para ello, a la magistrada Rosell y a su pareja.

Antonio F. de la Gándara

Martes, 21 de julio 2020, 20:48

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El magistrado promotor de la Acción Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial, Antonio Jesús Fonseca-Herrero Raimundo, ha propuesto la sanción de «separación» [expulsión de la carrera judicial de por vida] para el magistrado de la Audiencia Provincial de Las Palmas Salvador Alba Mesa al considerar probado que en su actuación como sustituto de Victoria Rosell al frente del Juzgado de Instrucción número 8 de Las Palmas de Gran Canaria –entre el 3 de noviembre de 2015 y el 3 de mayo de 2016– incurrió en «una infracción muy grave de desatención en el cumplimiento de los deberes judiciales».

A juicio del magistrado que ha instruido el expediente disciplinario abierto al juez andaluz con destino en Las Palmas, el hecho de que Alba se hiciera cargo de un proceso por supuesto delito fiscal contra el empresario Miguel Ángel Ramírez y en lugar de investigarlo, se dedicara a hacer indagaciones sobre las relaciones comerciales de la pareja sentimental de Victoria Rosell –el periodista Carlos Sosa– con Ramírez con el fin de perjudicar a Victoria Rosell, supone un uso espurio de los resortes de la Justicia, lo que «se traduce en un grave quebranto de la consideración de la Administración, de los fines que persigue la actividad administrativa y de los derechos de los ciudadanos afectados», expone la propuesta de resolución de Fonseca, de más de 90 folios, cuyo sentido fue avanzado este miércoles en primicia nacional por CANARIAS7.

Las fuentes forenses consultadas por este periódico explicaron que, si bien en un principio Fonseca-Herrero había incoado el expediente a Alba por dos faltas muy graves –inobservancia del deber de abstención y revelación de secretos– y una grave –abuso de autoridad–, finalmente su investigación ha derivado en la imputación de una única infracción muy grave de desatención en el cumplimiento de los deberes judiciales del artículo 417.9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) en relación con el artículo 24.1 de la Constitución [derecho a la tutela judicial efectiva de los ciudadanos– y al 318.1 de la LOPJ; esto es, al juramento del juez de cumplir con la Constitución y con el resto del ordenamiento jurídico y de «impartir recta e imparcial Justicia y cumplir los deberes judiciales frente a todos».

Alba ya ha sido notificado de la decisión y puede presentar alegaciones contra la propuesta de resolución de Fonseca, que podrán ser estimadas –o no– por la Comisión Disciplinaria.

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