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Europa Press / Barcelona
Jueves, 19 de diciembre 2019, 12:21
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En el juicio, Torra --primer presidente catalán juzgado en ejercicio-- reconoció: "Sí, la desobedecí, pero es que era imposible cumplir una orden ilegal, todos los miembros de esta sala lo saben que ésta era una orden ilegal dictada por un órgano que no tenía competencia para hacerlo".
El tribunal le ha inhabilitado para cargos públicos electivos de ámbito local, autonómico, estatal y europeo, y para el ejercicio de funciones de gobierno "pues del ejercicio de ese mismo tipo de responsabilidades públicas electivas y gubernativas se sirvió el acusado para la comisión del delito".
Además, le impone una multa de 30.000 euros teniendo en cuenta que su actuación fue en ejercicio del cargo de presidente de la Generalitat y "la recalcitrante y reiterada actitud desobediente, y su conducta persistente en el incumplimiento de lo ordenado sucesivamente" por la JEC.
El TSJC también valora "el alarde público del hecho desobediente" y argumenta que el valor económico de la sanción se ha fijado atendiendo a la cualificación profesional de Torra y también a su retribución pública como presidente catalán, de 153.235,50 euros para la anualidad de 2019.
HECHOS
El tribunal ve probado el delito de desobediencia porque se mantuvieron en la fachada del Palau de la Generalitat, algunas consellerias y Servicios Territoriales de los Departamentos de la Generalitat lazos amarillos, fotografías de los dirigentes independentistas encarcelados y pancartas con referencias a los "presos políticos" después del plazo que la JEC dio a Torra para retirarlos, el 19 de marzo a las 15 horas.
El TSJC concluye que el mandato de la JEC no fue atendido por Torra, "que no solo no ordenó la retirada en las fachadas de los edificios dependientes de la Generalitat de los lazos amarillos y de las banderas separatistas en el plazo establecido, sino que llegó a decir (o consentir), en algunos casos, su sustitución por otros lazos, blancos y cruzados por una raya roja".
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