Borrar
Vea la portada de CANARIAS7 de este sábado 6 de diciembre de 2025
Imagen de archivo del alcalde en el pregón de las fiestas de La Naval. ARCADIO SUÁREZ

El Ayuntamiento recurre para evitar la multa de 150 euros que impuso el juzgado al alcalde

El letrado municipal señala que la multa debía haberse dirigido a la jefatura del servicio de Tráfico y Movilidad y no al regidor

Javier Darriba

Las Palmas de Gran Canaria

Viernes, 10 de junio 2022, 02:00

Comenta

El Ayuntamiento presentó un recurso de apelación contra el auto del juzgado de lo Contencioso-Administrativo 2 que imponía una multa de 150 euros mensuales al alcalde de la ciudad, Augusto Hidalgo, hasta que se pagara 100 euros en costas que derivaban de una sentencia anterior, fechada en julio de 2020.

En contra de lo anunciado por el grupo de gobierno, finalmente el Consistorio decidió recurrir el auto a través de un escrito presentado por un letrado municipal el pasado 16 de mayo.

La intención del Ayuntamiento con su recurso de apelación es que el juzgado revoque el auto sancionador y declare la resolución como no conforme a derecho.

Que se multe a la jefa de Tráfico

Los servicios jurídicos consistoriales entienden que no se debe multar al alcalde sino a la jefatura del servicio de Tráfico y Movilidad. «Se ha identificado al funcionario responsable del cumplimiento de lo ordenado por este juzgado y no precede imponer las multas coercitivas al alcalde, sino, en todo caso, al jefe del servicio perfectamente identificado», argumenta el abogado.

El letrado también alega en el recurso que «la imposición de la multa a la máxima autoridad, el alcalde, supone una grave carga y, además, opera como un castigo al actuar sobre un incumplimiento ya producido por la jefatura del servicio».

Todo empezó con una multa a un taxista

El procedimiento que culminó con la imposición de una sanción coercitiva de 150 euros al alcalde tiene su origen en otra multa. En concreto, la que puso un agente de la Policía Local a un taxista el 9 de marzo de 2019.

Ese día, el conductor estacionó el vehículo al final de la parada de taxis del Negrín para «atender una necesidad fisiológica de carácter urgente».

Al regresar de los baños del hospital, se percató de que tenía un boletín de denuncia por haber abandonado el vehículo en una parada de taxis «sin causa justificada».

Este hecho es una infracción grave que puede conllevar una sanción de 2.001 euros. Sin embargo, el abogado del taxista denunciado, Rubén Pérez Naranjo, defendía que lo que se había producido era un «estacionamiento indebido».

Sanción anulada

El juzgado dio la razón al taxista, anuló la multa y fijó el pago de 100 euros en concepto de costas a la administración en un auto dictado el 28 de julio de 2020.

Sin embargo, el Ayuntamiento no pagó este importe, lo que originó una demanda de ejecución de sentencia por parte del abogado del taxista.

De este modo, se originó el procedimiento que acabó en un auto, dictado en abril de 2022, por el que se imponía la multa mensual de 150 euros al alcalde hasta que pagara los 100 euros de 2020.

Justificación en la falta de personal

El auto no aceptaba el argumento de la «falta de personal» del Ayuntamiento para incumplir una resolución judicial.

El recurso actual del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria incide en este hecho. «Se reitera que la falta de personal es acuciante y se ha puesto de manifiesto de forma reiterada ante el servicio de Recursos Humanos de este Ayuntamiento, para que tome las medidas adecuadas y urgentes», se apunta.

A ello se añade las «numerosas bajas por enfermedad común y covid del personal del servicio».

Cuantía «desproporcionada»

El letrado que representa al Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria considera también que la cuantía de la multa (150 euros) es desproporcionada si se tiene en cuenta que lo que hay que pagar, las costas, son cien euros.

«Se produce una vulneración del principio de proporcionalidad en relación a la cuantía de las multas, toda vez que las costas ascienden a un importe inferior a una sola multa coercitiva», añade.

Esta desproporción es, en su opinión, «mas evidente si se tiene presente que no corresponde directamente al alcalde la llevanza de la contabilidad municipal, sino solamente asegurar su buen cumplimiento».

Esta funcionalidad es exclusiva para registrados.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

canarias7 El Ayuntamiento recurre para evitar la multa de 150 euros que impuso el juzgado al alcalde

El Ayuntamiento recurre la multa impuesta al alcalde