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Terrazas en el entorno de Joaquín Costa. JUAN CARLOS ALONSO

El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria limita desde hoy el horario de las terrazas de Joaquín Costa

Los bares y restaurantes del entorno deberán retirar las mesas y sillas de la vía pública a las 22.00 horas todos los días de la semana

Javier Darriba

Las Palmas de Gran Canaria

Miércoles, 8 de octubre 2025, 23:24

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El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria limita ya el horario de funcionamiento de las terrazas ubicadas en el entorno de las calles Joaquín Costa, Los Martínez de Escobar, Fernando Guanarteme y plaza de Los Betancores. Los once bares y restaurantes afectados por esta medida deberán retirar las mesas y sillas de la calle a las 22.00 horas. Urbanismo les da media hora más para el desalojo y la limpieza de la zona.

El Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas publicó este miércoles la resolución de la directora general de Edificaciones y Actividades que reduce el horario de funcionamiento de las terrazas en dos horas, de domingo a jueves, y en tres en el caso de los sábados y los días festivos.

La decisión, que es susceptible de recurso, rechaza las alegaciones presentadas por los empresarios, que defendían que la limitación horaria impuesta por el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria suponía un «agravio comparativo y un trato desigual» respecto a otros negocios de la zona, como los de la plazoleta Farray o los de la confluencia de Joaquín Costa, Thomas Alva Edison y Emilio Zola, que se verían favorecidos «injustamente».

La limitación horaria que ahora se aplica es consecuencia de las sentencias dictadas en 2021 y 2022 por las que se criticaba la inacción del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria ante las quejas por ruido de los vecinos de la zona.

Tras realizar un mapa acústico de la zona e indemnizar económicamente a los vecinos , el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria decidió reducir el horario de las terrazas en diciembre de 2022.

Aquella limitación fue denunciada por algunos empresarios y en septiembre de 2024, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 2 de Las Palmas de Gran Canaria anuló la resolución del Ayuntamiento capitalino por la que se recortaba el horario de funcionamiento a las terrazas de esta parte de Guanarteme.

La anulación de la resolución municipal se hizo porque el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria había incumplido las determinaciones de la Ley del Ruido, que obliga a las administraciones públicas a aprobar un mapa de ruido «previo trámite de información pública por un periodo mínimo de un mes».

Esta sentencia fue ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en abril 2025 porque no se dio trámite de audiencia a los afectados.

En este contexto, el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria reinició el procedimiento, abriendo, esta vez sí, el trámite de audiencia a los afectados. En ese momento fue cuando las empresas presentan sus alegaciones. Estamos ya en agosto de 2025. Aparte de exponer que se les trataba de manera desigual a otras terrazas de la zona y de la ciudad, los empresarios también argumentaron que desde 2023 no se habían producido nuevas denuncias vecinales, de ahí que no tuviera sentido aplicar un estudio acústico que se hizo en 2022. «No tiene sentido ni resulta proporcional adoptar en la actualidad medidas en una zona (...) con base al análisis de una realidad que no es la actual, sino que se remonta tres años atrás», decían.

También señalaban otros posibles defectos formales, como la falta de concreción de las medidas correctoras o la recusación de los técnicos municipales que participaron en el expediente administrativo por no ser funcionarios públicos de carrera.

El horario es «potestad municipal»

Sin embargo, el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria rechazó estas pretensiones. El Consistorio justificó la aplicación de la limitación en una zona concreta por ser el lugar donde se concetraron las denuncias vecinales. «La exclusión de otras zonas como la plazoleta de Farray no obedece a criterios arbitrarios, sino a la delimitación técnica basada en los datos objetivos disponibles en el momento de elaboración del estudio», respondió el Ayuntamiento, «no existe vulneración del principio de igualdad ni agravio comparativo, dado que cada zona puede ser objeto de análisis independiente en función de su problemática espécifica».

Además, defiende la posibilidad de restringir los horarios como una potestad municipal, «especialmente en zonas residenciales o con alta concentración de establecimientos, siempre que dichas limitaciones estén justificadas por la protección del medio ambiente (ruido) y el derecho al descanso de los vecinos».

«Sobre el suelo público no se adquiere ningún derecho por parte del beneficiario de una terraza», prosigue la argumentación del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, «sinedo la Administración pública la que establece la disponibilidad, los espacios a ocupar, así como el horario de puesta a disposición, pudiendo como en este caso restringir dicho horario cuando haya de protegerse el interés general frente al particular».

De hecho, asegura que la reducción de horario fue la menos restrictiva de cuantas se pudo haber adoptado.

Por eso, tras defender la legitimidad de los empleados públicos que impulsaron el expediente, el Ayuntamiento de Las Palamas de Gran Canaria decidió desestimar las alegaciones empresariales y aplicar el nuevo horario de funcionamiento de las terrazas, que será de 08.00 horas a 22.00 horas todos los días de la semana, sin excepción.

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