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El jugador compareció ayer en el acto del juicio oral celebrado en el Juzgado de lo Penal, nº 4 de Las Palmas de Gran Canaria para ser procesado por un delito que cometió el pasado 28 de julio de 2016. Según los hechos probados que recoge la sentencia, Tana fue detectado por un cinemómetro multiradar de la Policía Local de Las Palmas de Gran Canaria a las 22.36 horas circulando por la GC-110, kilómetro 7,9 –a la altura de San Roque–, circulando a 138 km/h cuando la velocidad máxima permitida era de 50 km/h. Por ello, una patrulla le dio el alto y realizó el correspondiente atestado.
En la vista oral, José María Aranda, abogado de Tana y el fiscal Miguel Ángel Hernández llegaron a un acuerdo de conformidad que fue ratificado en sentencia firme por el magistrado Francisco Luis Liñán, por el que el futbolista se reconocía autor del delito contra la seguridad vial y, de esta manera, se beneficiaba de una rebaja en la petición de condena inicial del representante del Ministerio Público, que en un principio interesaba una condena de entre uno a cuatro años de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, además de una pena de prisión de tres a seis meses.
Ni Tana ni su abogado quisieron realizar declaraciones al término del juicio oral en una mañana en la que el jugador no pudo acudir a la sesión de entrenamiento matinal con el resto de sus compañeros.
Tana se ha visto involucrado en otros asuntos extradeportivos durante su trayectoria profesional. El más sonado fue en la madrugada del 20 de agosto de 2017, cuando fue denunciado por alteración del orden por la Policía Local en un altercado ocurrido a la salida de una discoteca. El jugador se vio envuelto en una discusión que finalizó con la llegada de una patrulla que lo identificó junto al resto de protagonistas de la riña.
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