Secciones
Servicios
Destacamos
Efe /Madrid
Jueves, 1 de enero 1970
Necesitas ser registrado para acceder a esta funcionalidad.
Compartir
Estas personas no deberán usar la mascarilla si no quieren, han señalado a Efe fuentes del Ministerio de Sanidad, que insisten en la importancia de guardar las medidas de distanciamiento social.
El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este miércoles la orden del Ministerio de Sanidad que regula el uso generalizado de las mascarillas en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier lugar cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad.
Según la instrucción, quedan exentas de esa obligación «actividades incompatibles» con su uso, como la ingesta de alimentos y bebidas, y en circunstancias en las que exista una causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
Aunque la orden no especifica todas las «actividades incompatibles», ir en bici y correr se incluirían entre ellas, según las mismas fuentes, que señalan que también están exentas todas aquellas actividades deportivas al aire libre que requieran tal esfuerzo que dificulten la respiración.
Asimismo, quedan fuera de la obligación las personas con alguna dificultad respiratoria o en las que esté contraindicado su uso por motivos de salud o discapacidad, en tanto que son recomendables para los niños de entre 3 y 5 años.
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para registrados
¿Ya eres registrado?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.