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Podemos pide dos delitos más para el juez Alba

Podemos pide dos delitos más para el juez Alba

Podemos ha presentado un escrito de acusación contra el magistrado Salvador Alba en el que incluye, además de prevaricación judicial, cohecho, falsedad y revelación de secretos en perjuicio de la jueza Victoria Rosell, los de negociación prohibida y delito electoral. El escrito podría haberse presentado fuera del plazo.

Jueves, 1 de enero 1970

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El documento, de 43 páginas, relata los motivos por los que Podemos acusa al magistrado Salvador Alba por los cuatro delitos que figuran en el auto de procedimiento abreviado dictado el 22 de febrero por la magistrada Margarita Varona, pero incluye dos más –los de delito electoral y negociación prohibida– que tampoco figuraban en su auto de personación fechado el 30 de enero de 2016. Todo ello en una causa que juzga a Alba por presuntamente maniobrar jurídica y políticamente para perjudicar a la también magistrada Victoria Rosell, ex diputada de Podemos y expulsarla de la política y de la carrera judicial.

Según el escrito firmado por la representante legal de Podemos, el magistrado Salvador Alba cometió un delito electoral –que no ha sido objeto de instrucción– porque con su actitud en contra de la magistrada Victoria Rosell, que iba a perjudicarla gravemente en su campaña electoral puesto que era «una de las candidatas estrella» de esta formación política en las elecciones de 2015. Por este motivo, se ganaría el favor del Partido Popular que le daría un alto cargo en la judicatura a nivel nacional puesto que José Manuel Soria, a quien apunta el escrito que era amigo personal de Alba, «era una persona políticamente influyente dentro del PP nacional» hasta el «punto de sonar en los ambientes políticos como el posible sucesor de Rajoy» como candidato a presidente del Gobierno español. Además, acabaría de «terminar no solo con la carrera política» de Rosell, sino también «con su carrera judicial para obtener una contraprestación en el futuro», dice el escrito, que culpa a Alba de causar «un daño directo y difícilmente reparable a este partido político y, desde luego, al proyecto personal y profesional» de Rosell.

También Podemos acusa al magistrado Salvador Alba del delito de negociación prohibida a funcionarios, que quedó en su momento fuera del procedimiento en el auto fechado el 22 de febrero. El argumento que esgrime el escrito es que Alba asesoró al empresario Miguel Ángel Ramírez sobre el «delito contra los derechos de los trabajadores» de su empresa que estaba siendo investigada y la «nulidad del procedimiento por contaminación de la magistrada instructora», Victoria Rosell.

En cuanto al cohecho, Podemos defiende que Salvador Alba preparó una declaración manipulada de Ramírez prometiendo al empresario la nulidad de la causa que había en su contra, para obtener en el futuro un un alto cargo en la judicatura por parte de Soria.

En lo que respecta al delito de falsedad, sostiene el documento que, cuando Alba estaba iniciando su periodo de sustitución en el Juzgado de Instrucción, los funcionarios le sorprendieron en una sala celebrando un juicio, hecho que consideran incompatible con ser magistrado de la Audiencia.

La prevaricación judicial continuada la contextualiza Podemos relatando dos acuerdos gubernativos que presuntamente dictó Alba para permitir la entrada a la Ciudad de la Justicia por el garaje de Ramírez cuando iba a declarar, hecho que solo el decano puede autorizar.

Por último, el delito de revelación de secretos lo explica Podemos detallando los presuntos contactos de Alba con dos periodistas a los que afirma que filtró datos en contra de Victoria Rosell. Según Podemos, Alba pidió una copia de la declaración de Ramírez y se la filtró a un periódico de tirada nacional y otro local, además de haber ofrecido contenido reservado de sus informes al entonces ministro Soria.

Habría acabado el pasado día 23.

El documento de 43 páginas presentado el pasado día 26 podría haberse presentado fuera de plazo puesto que existe una diligencia de ordenación realizada por la letrada de la administración de justicia que detalla cuando se inicia el cómputo desde que se dictase el auto de procedimiento abreviado y cuando vence, según afirma la representación legal de Salvador Alba. El documento solicitado por esta parte y que no fue impugnado, detalla que el plazo para la presentación de escritos de acusación finalizaba el 23 de marzo a las 15.00 horas a excepción del Ministerio Fiscal, que tiene un plazo mayor para realizar este trámite indispensable para interesar o no la apertura del juicio oral contra el magistrado de la Audiencia Provincial.

La diligencia inicia el cómputo para la presentación de escritos de acusación el día 23 de febrero, situando el plazo de vencimiento de los 10 días el 9 de marzo a las 15.00 horas. Este día quedaría sin efecto si se prorroga el plazo 10 días más como lo solicitó Podemos en su momento, al igual que la otra acusación popular personada en la figura de periodista Carlos Sosa. Al contar los 10 días hábiles más la fecha del vencimiento del plazo sería el 22 de marzo, pero habría que unir uno de gracia, que establece el artículo 135 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por lo que esta parte entiende que el plazo de vencimiento sería el 23 de marzo a las 15.00 horas.

Más de 13 años de cárcel.

En lo que se refiere a la penalidad de los delitos que considera Podemos cometió Salvador Alba en este caso llamado Albagate, el cómputo global de su petición asciende a 13 años y tres meses de prisión por seis delitos y el pago de 135.000 euros en total en concepto de multas. Desgranando la petición del partido político, por el delito de falsedad en documento oficial interesa la pena de cuatro años y seis meses de prisión y 21.600 euros de multa. Por el delito electoral, un año y tres meses de cárcel y 27.000 euros de multa. Por la prevaricación judicial, 32.400 euros de pago. Por el cohecho, la pena intermedia de prisión de cuatro años y seis meses, además del pago de 32.400 euros. Por la revelación de secretos con grave daño para tercero, Podemos interesa una pena de tres años de prisión y, por último, en el delito de negociaciones prohibidas a funcionarios públicos, la multa de 21.600 euros.

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