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Entre órganos unipersonales anda el juego

Entre órganos unipersonales anda el juego

Un cargo público se erige en órgano unipersonal de contratación y otro órgano unipersonal de revisión de contratos lo consagra. Todo eso queda desmontado con el auto del Tribunal Superior sobre el concurso de informativos de Televisión Canaria, una sentencia que también supone un correctivo al Gobierno canario.

F.S.A. / Las Palmas de Gran Canaria

Jueves, 16 de julio 2020, 09:14

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La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) lo tiene muy claro: en el funcionamiento de las entidades públicas no cabe la existencia de «un poder adjudicador sin control, fiscalización o supervisión jurídica, en vía administrativa». La frase aparece en el fundamento cuarto de la sentencia notificada el pasado lunes, en la que se estima parcialmente el recurso de Videoreport Canarias SA (empresa participada por la editora de CANARIAS7) contra la decisión del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma. Este órgano, dependiente del Gobierno canario, decidió inadmitir el recurso de Videoreport contra la licitación de los informativos de Televisión Canaria que inició Santiago Negrín como administrador único de esa sociedad, obviando así al Consejo Rector de Radiotelevisión Canaria y erigiéndose en órgano unipersonal de contratación.

Ese «poder sin control», según dice el TSJC, es Negrín a fecha de hoy. Y está sin control no solo porque así lo decidieran Negrín y quienes le avalan política y jurídicamente, sino porque otro órgano unipersonal lo permitió: Pedro Gómez Jiménez, presidente y único integrante del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Canarias.

Fue en febrero de 2015 cuando el Gobierno canario creó ese tribunal, pero lo hizo con carácter unipersonal, mientras que en otras autonomías se apostó por una composición plural, imitando el modelo de los tribunales tradicionales. El decreto de creación del Tribunal Administrativo abría la puerta a la ampliación de personas que resolvieran los recursos pero, cuatro años después, el Gobierno no lo ha hecho. En mayo de 2015 Pedro Gómez fue designado presidente por un decreto de la Consejería de Hacienda. ¿Qué requisitos se le pedían? Ser licenciado en Derecho y tener experiencia suficiente, pero sin precisar cómo se calibraba esa experiencia. Ahora el TSJC ha puesto en entredicho esa solvencia.

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