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Quedan pocos días para el inicio de la campaña de la declaración de la renta 2021. Concretamente este próximo miércoles 6 de abril podrá empezar a presentarla a través de internet, aunque también podrá hacerlo mediante la vía telefónica o presencialmente a través de una oficina de Hacienda.
Elija el método que elija los técnicos de la administración ofrecen algunos consejos para para evitar errores al presentar las cuentas. El más importante es no precipitarse a la hora de confirmar el borrador de la declaración, ya que cualquier error administrativo puede desembocar en una multa.
Según explican, la mayoría de los ciudadanos confirman precipitadamente el borrador nada más descargarlo del Servicio 'Renta Web'. Frente a esto, los técnicos recomiendan dedicar un tiempo a revisarlo para repasar el índice del Manual e incluir los importes que no figuran como alquileres, las ayudas públicas recibidas y todas las deducciones y reducciones fiscales posibles.
Tenga en cuenta que este año la declaración de la renta viene con novedades, haciendo hincapié en el asunto de los ERTE, o a las ayudas a los afectados por el volcán de La Palma.
Como consecuencia de este asunto, también se modifica la Ley del IRPF, con efectos desde el 1 de enero de 2021, para incluir entre las causas de las exenciones de las ayudas públicas para reparar la destrucción de elementos patrimoniales causados por incendio, inundación, hundimiento, erupción volcánica u otras causas naturales.
Los técnicos de Hacienda (Gestla) recuerdan que la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 modificó la escala general de gravamen de la base liquidable general de la Ley del IRPF para introducir un nuevo tramo a partir de 300.000 euros con un tipo de gravamen aplicable del 24,50 por 100. Todas las comunidades autónomas tienen aprobadas sus respectivas escalas de la base liquidable general, pudiendo llegarse en los tramos más altos a aplicar tipos de hasta un 54%.
Por otra parte, la Ley de Presupuestos también modificó la escala de gravamen de la base liquidable del ahorro para introducir, tanto en la escala estatal como autonómica, un nuevo tramo a partir de 200.000 euros con un tipo de gravamen aplicable del 13%, por lo que el tipo llega al 26%.
Los técnicos concretan que la prestación del Ingreso Mínimo Vital está exenta, junto con las rentas mínimas de inserción y las demás ayudas para colectivos en riesgo de exclusión social de las comunidades autónomas o de las entidades locales, con un límite máximo anual conjunto de 1,5 veces el indicador público de rentas de efectos múltiples, siendo este límite en 2021 de 11.862,90 euros.
Dada la baja cuantía de estas prestaciones, Gestha no ve lógico que la simple percepción de este tipo de renta obligue a la presentación de la declaración, más aún cuando su importe total está exento, y en la mayoría de los casos la declaración no supondrá ingreso ni devolución, ya que no habrá rentas sujetas a retención. Esta situación se mantiene incongruentemente desde el pasado año.
De igual modo, agrega que esta percepción no da derecho a otro tipo de deducciones familiares (familia numerosa, familiares con discapacitados a cargo y monoparentales con dos hijos).
Aparte de recordar las deducciones en torno a la rehabilitación energética en edificios, los técnicos de Hacienda han apuntado que se reduce en los ejercicios 2020 y 2021 de seis a tres meses el plazo para que las cantidades adeudadas por los arrendatarios tengan la consideración de saldo de dudoso cobro y puedan deducirse de los rendimientos íntegros del capital inmobiliario.
Por otra parte, los arrendadores distintos de los «grandes tenedores» que tengan alquilado un local a empresarios o profesionales para su actividad económica, y hayan acordado voluntariamente a partir de 14 de marzo de 2020, rebajas del alquiler de las mensualidades de enero, febrero y marzo de 2021, y con unos requisitos, pueden computar como gasto deducible la cuantía de la rebaja.
El 15 de septiembre de 2021, el Tribunal Supremo fijó el criterio para determinar la amortización de inmuebles heredados o donados, que el coste de adquisición es el valor del bien en el Impuesto sobre Sucesiones o Donaciones o su valor comprobado (excluido del cómputo el valor del suelo), más los gastos y tributos y, en su caso, las inversiones y mejoras efectuadas en los bienes adquiridos.
Anteriormente, el criterio de la Administración suponía que sólo era amortizable para este tipo de bienes el importe satisfecho en su adquisición, lo que en la práctica implicaba que sólo fuera deducible la amortización por los gastos (notaría, Registro) y tributos (pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones) relativos a la adquisición, y las inversiones y mejoras.
En otro sentido, se ha modificado la Ley del IRPF para clarificar que la reducción por el arrendamiento de bienes inmuebles destinados a vivienda sólo se puede aplicar sobre el rendimiento neto positivo declarado por el contribuyente en su autoliquidación, sin que se permita su aplicación sobre el rendimiento neto positivo calculado durante un procedimiento de comprobación, que anteriormente posibilitaba el Tribunal Supremo, ante dicha falta de concreción.
Además, se reduce de 8.000 a 2.000 euros anuales el límite general de reducción aplicable en la base imponible por las aportaciones y contribuciones a los planes de pensiones, si bien se prevé que el nuevo límite pueda incrementarse en 8.000 euros más para las contribuciones empresariales. La modificación apuesta por incentivar las contribuciones empresariales en lugar de las individuales realizadas por el contribuyente.
Los técnicos también señalan que los afectados por la erupción volcánica de la isla de La Palma, con carácter excepcional y exclusivamente entre el 6 de octubre de 2021 y el 5 de julio de 2022, los trabajadores en ERTE, los titulares de explotaciones agrarias, forestales, ganaderas o de establecimientos mercantiles, los autónomos que hayan suspendido o cesado en la actividad o los que hayan perdido su vivienda habitual por la erupción, hasta el 5 de marzo de este año pueden disponer anticipadamente de sus derechos consolidados en planes de pensiones, planes de previsión asegurados y planes de previsión social empresarial y los mutualistas de mutualidades de previsión social con las condiciones y límite máximo establecidos.
Consulte aquí todas las novedades de la declaración de la renta 2022
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