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Propuesta 'AWA', que finalmente resultó ganadora. C7

Tumban el recurso contra el Guiniguada y niegan el acceso a la valoración de las ofertas

El Tribunal de Contratos Públicos desestima el recurso de Portela, con lo que el proyecto sigue adelante salvo denuncia en la vía judicial

Javier Darriba

Las Palmas de Gran Canaria

Sábado, 9 de agosto 2025, 02:00

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El proyecto Paseo Guiniguada de la Cultura y las Artes Canarias, que transformará la desembocadura del barranco con espacios peatonales ajardinados que se rematan con una gran plaza entre el Mercado de Vegueta y el Teatro Pérez Galdós, supera un nuevo obstáculo. El Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias acaba de desestimar el recurso interpuesto por uno de los finalistas del concurso (Portela International Arts & Architects).

Es la segunda vez que el Tribunal rechaza la petición de Portela en el sentido de declarar nulo el procedimiento de resolución del concurso (que se adjudicó a la propuesta 'AWA' de Batlle i Roig), ya que en julio le denegó también su petición de suspensión cautelar.

Además, ha denegado la solicitud presentada por las mercantiles Asistencia Técnica y de Apoyo Cypherco y Nortap -dos de las tres empresas que acompañaban a Portela- para tener acceso al informe de valoración de las propuestas elaborado por el jurado y a la justificación de las puntuaciones otorgadas. El Tribunal considera que las bases del concurso establecían la confidencialidad del informe, un condicionante aceptado por las empresas al participar en el concurso y no recurrido en ningún momento.

Como señala la resolución, «en el marco de la contratación pública, impera el esencial principio de que los pliegos constituyen 'ley entre partes' (...) de manera que lo previsto en los pliegos que rigen la convocatoria del concurso de referencia, el cual fue aprobado por el órgano convocante y aceptado incondicionalmente y sin reserva alguna por los participantes en el concurso al presentar sus proposiciones, obliga tanto a uno como a otros».

La decisión da vía libre al desarrollo del proyecto por parte del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria. Además, como la resolución del Tribunal de Contratos Públicos es definitiva en la vía administrativa, contra ella solo se abre la interposición de un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

El órgano autonómico especializado en la resolución de recursos relacionados con la contratación pública rechaza todos y cada uno de los argumentos de Portela.

El primero era el referido a la modificación del jurado, tras la renuncia de la directora de la Bienal Internacional de Paisaje de Barcelona, que fue desechado porque la empresa no lo recurrió en su momento. Además, respecto a la supuesta existencia de un conflicto de intereses por parte de los miembros del jurado, señala que «al margen de que no resulta probado, constituiría un nuevo motivo de impugnación formulado fuera de plazo».

En cuanto a la valoración de los diferentes criterios que conformaron cada propuesta, el Tribunal de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma de Canarias aclara que «no cabe duda de que la valoración técnica de las propuestas presentadas al concurso de proyecto convocado se enmarca en la denominada 'discrecionalidad técnica'».

En ese sentido determina que el informe de valoración «está dotado de una presunción de acierto y veracidad por la cualificación técnica de quienes lo emiten y donde sólo cabe frente a ellos una prueba suficiente de que son manifiestamente erróneos o se han dictado en clara discriminación de los licitadores».

A través de una nota de prensa emitida por el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, el concejal de Planificación, Desarrollo Urbano y Vivienda, Mauricio Roque, subrayó que con esta resolución «la legalidad del procedimiento se mantiene incólume, dado que en ningún momento se han vulnerado los principios de igualdad, transparencia ni objetividad en la deliberación para la elección del proyecto ganador».

La misma comunicación interpreta que el órgano autonómico valida la actuación del Consistorio ante las renuncias presentadas por varios equipos seleccionados en la primera fase del concurso, y avala la decisión, debidamente fundamentada, de no incorporar nuevos finalistas en la segunda fase, conforme a lo dispuesto en las bases reguladoras del certamen. Con esta resolución, no sufre ningún menoscabo el procedimiento por el que se ha elegido 'AWA'.

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