
La jueza insiste al IML por la ampliación del informe sobre la cianosis de Yéremi Vargas
tribunales ·
La instructora no apercibe al organismo ya que se trata «del primer recordatorio» tras casi cuatro meses de espera por el documentoSecciones
Servicios
Destacamos
tribunales ·
La instructora no apercibe al organismo ya que se trata «del primer recordatorio» tras casi cuatro meses de espera por el documentoMercedes Gutiérrez Suárez, magistrada titular del Juzgado de Primera Instancia número 2 de San Bartolomé de Tirajana, ha insistido al Instituto de Medicina Legal de Las Palmas para que les remita una ampliación del informe que realizaron sobre la cianosis que padecía Yéremi Vargas en el momento de su desaparición el 10 de marzo del año 2007. En este caso, no ha optado por apercibir al organismo de la posible comisión de un delito de desobediencia, como así interesó el letrado de la acusación particular, Marcos García-Montes.
Esta parte pidió el 26 de julio del pasado año que los forenses complementaran el informe que realizaron en su momento a este respecto, una diligencia que trasladó la autoridad judicial al IML el 7 de octubre sin obtener aún respuesta alguna.
«Hasta la actualidad han transcurrido casi tres meses sin que se haya realizado la aclaración o ampliación interesadas» por parte de los forenses en ese informe que evidencia «falta de claridad en algunos extremos», detalló el letrado García-Montes en un escrito que buscaba dar un «impulso procesal» a la causa.
Francisco José Fajardo
La acusación particular planteó al IML dos cuestiones: la primera de ellas era si al haber nacido Yéremi Vargas «con el síndrome referido», esos signos de cianosis «se podrían dar con mayor facilidad que en cualquier otra persona, independientemente de si presenta una enfermedad o no», detalló.
Ahora, la magistrada instructora dictaminó que, «dado el tiempo transcurrido y el largo devenir de este procedimiento», sostiene, y «entendiendo el inmenso trabajo del IML», procedió a librar oficio «recordatorio del anterior relativo al informe» que la acusación particular entiende que está incompleto.
De la misma forma, añade que «al tratarse del primer recordatorio, no se va a apercibir tal y como interesa la parte solicitante», describe en la providencia de fecha 18 de enero.
Publicidad
Publicidad
Publicidad
Noticia patrocinada
Publicidad
Reporta un error en esta noticia
Comentar es una ventaja exclusiva para registrados
¿Ya eres registrado?
Inicia sesiónNecesitas ser suscriptor para poder votar.