Borrar
Imagen de archivo de la científica de la ULPGC, María Casanova Masjoan. C7

El instructor que llevó al 'Soo Yang' a la buzo María Casanova se enfrenta a cuatro años de prisión

tribunales ·

La Fiscalía considera que el responsable de la inmersión en la que falleció la científica marina cometió un delito de homicidio imprudente

Francisco José Fajardo

Las Palmas de Gran Canaria

Martes, 5 de julio 2022, 02:00

Cuatro años de prisión y la inhabilitación para ejercer como instructor de submarinismo durante seis. Esta es la pena que solicita la Fiscalía Provincial de Las Palmas para Sergio C. F., el buzo profesional que guió una inmersión que acabó en tragedia. En la misma, la científica de la ULPGC, María Casanova Masjoan, perdió la vida a 41 metros de profundidad en el muelle Reina Sofía cuando buceaba dentro del pecio 'Soo Yang', conocido como 'el Narcótico', en octubre de 2020.

El Ministerio Público eleva este escrito de acusación después de una larga instrucción que se iniciaba el 10 de octubre de 2020, cuando lo que iba a ser una mañana plácida de submarinismo en la capital grancanaria, acabó con una víctima mortal y un acusado por un presunto delito de homicidio imprudente.

Esta parte desgrana que Sergio C. F., en su condición de instructor de submarinismo, había organizado para esa mañana una excursión recreativa para «inmersión submarina en una zona cercana al Muelle de la Luz en la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria», detalla. Esta actividad consistía en bajar hasta el lecho marino para luego entrar en un pecio llamado 'Soo Yang' que se encontraba a 41 metros de profundidad. Esta embarcación de bandera coreana fue abandonada por el armador y se hundió en el año 1979.

Inés Herreros, la fiscal de este procedimiento, determina que el acusado, «en la guía en esta inmersión realizada entre las 10.00 y las 12.00 horas», incurrió en una «mala praxis negligencia profesional, pues incumplió las obligaciones impuestas por la normativa vigente en materia de buceo».

Los motivos que argumenta para realizar dicha afirmación los enumera uno a uno en su escrito. El primero de ellos refiere que Sergio C. F. «faltó al deber de cuidado» pues, según los estándares de la compañía certificadora (PADI) de la empresa para la que trabajaba y que está situada en la zona de La Puntilla, «no podía organizar excursión al interior de un pecio».

La petición de condena

  • 200.000 euros de indemnización, cuatro años de prisión y la inhabilitación para ejercer como instructor de submarinismo durante seis es la pena que solicita la Fiscalía para Sergio C. F., acusado de un delito de homicidio imprudente. Este juicio está aún pendiente de señalamiento.

Además, realizó una inmersión «fuera de los parámetros permitidos para el buceo recreativo según el Real Decreto 550/2020 de 2 de junio por el que se determinan las condiciones de seguridad de las actividades de buceo». El mismo establece, en su artículo 18, que el límite máximo de profundidad es de 40 metros y siempre con acceso directo a la superficie sin que esté permitido la entrada en «grutas, cuevas, interior de barcos hundidos o cualquier tipo de inmersión que se desarrolle bajo techo, en el que se perdiera luz y cuya profundidad de penetración tenga más de 30 metros», apunta la normativa.

Para el caso de que se superaran los límites de tiempo y de profundidad descritos en el apartado anterior, tal y como ocurrió ese fatídico día, «se requería que se hubiera llevado un dispositivo especial». El mismo debía incluir un equipo de compensación de flotabilidad, dos gafas o máscara facial, dos suministros de aire con reguladores independientes, un dispositivo de control de presión, dos de control de tiempo y de profundidad, otros dos para la descompresión y otros tantos para la iluminación.

También el instructor estaba obligado a llevar consigo un carrete y cabo de guía adecuado para una inmersión «en entornos cerrados» como era la del Narcótico, un dispositivo de corte, una boya de descompresión, una baliza en superficie y un equipo de oxígeno normobárico para el tratamiento en el lugar de la propia inmersión. «Esa falta del deber de cuidado», añade la Fiscalía, «hizo que ninguno de estos elementos fueron facilitados por el acusado y ni siquiera los había indicado o recomendado» a los tres buceadores que estaban a su cuidado, entre ellos la propia víctima. Como consecuencia «de este deber de cuidado», el instructor «excedió los límites de profundidad, el plan de prevención y, además, la botella utilizada no tenía la capacidad de oxígeno suficiente ni la revisión anual permitida».

La científica marina falleció «al quedarse sola y sin aire en el interior del pecio» que estaba en una «absoluta» oscuridad

Fruto de estas supuestas ilegalidades, la fiscal entiende que «una de las buceadoras a cargo del acusado», la científica de la ULPGC, María Casanova Masjoan, falleció «al quedarse sola y sin aire en el interior del pecio«.

Ese lugar lo describe esta parte como una «maraña de hierros y desechos» que carecía de «toda visibilidad», a lo que se le unía que ella no llevaba de linterna y «la oscuridad en el lugar era absoluta por falta de luz y el levantamiento de limo».

La víctima pereció «de muerte violencia de etiología accidental», y la causa fundamental fue «la asfixia mecánica en inmersión deportiva, siendo la inmediata la anoxia».

María Casanova era científica marina y en el momento de su fallecimiento llevaba muy avanzada su investigación de doctorado, que realizaba en la rama de la Oceanografía Física.

No respetó la profundidad, los tiempos y sin equipos adecuados

Determina sin ambages la Fiscalía Provincial de Las Palmas que Sergio C. F., el guía de la inmersión, debió «velar porque en el desarrollo de la inmersión» se cumplieran «las medidas de seguridad impuestas en la normativa vigente» por el que se regulan los centros de buceo y las enseñanzas deportivo-recreativas subacuáticas en la comunidad autónoma de Canarias.

Entre las más importantes, añade esta parte, «se encuentra el respeto a los límites de profundidad y tiempo adecuados a la inmersión, que los equipos que se utilicen cumplan la reglamentación establecida en la normativa vigente, adecuar la inmersión a la pericia y experiencia de los buceadores a su cargo y el establecimiento de un plan de evacuación.

Destaca el escrito de acusación que el acusado había concertado una póliza aseguradora con la empresa Compensa Vienna Insurance Group con vigencia desde el día 3 de junio de 2020 al 2 de junio del 2021 para «actividad comercial como escuela de buceo». La misma incluía «la organización, supervisión, consejo o instrucción en la práctica de buceo con tubo y/o buceo recreativo». Por este motivo, la misma debería indemnizar a la madre y al padre de la víctima como responsable civil directo con 200.000 euros.

Hay que recordar que el encausado, desde el 28 de septiembre de 2021, tiene prohibido de forma cautelar «para la realización de actividades de monitor, director, gerente o responsable de actividades deportivas relacionadas con el buceo deportivo».

Esta funcionalidad es exclusiva para registrados.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

canarias7 El instructor que llevó al 'Soo Yang' a la buzo María Casanova se enfrenta a cuatro años de prisión

El instructor que llevó al 'Soo Yang' a la buzo María Casanova se enfrenta a cuatro años de prisión