Borrar
Navarro Tacoronte, a la izquierda, y a la derecha, su letrado Rachid Mohamed. Juan Carlos Alonso

La defensa del Mediador contraataca e insiste en que el caso puede ser nulo

Tribunales ·

Expone en un recurso que el consentimiento que prestó Navarro cuando fue detenido para el volcado de sus móviles pudo estar viciado

Francisco José Fajardo

Las Palmas de Gran Canaria

Viernes, 30 de junio 2023, 18:37

Comenta

El abogado de Marco Antonio Navarro Tacoronte, alias el Mediador, ha interpuesto un recurso de apelación a la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife contra el auto de la instructora que le denegaba practicar una serie de diligencias encaminadas al esclarecimiento de las circunstancias de la detención de su cliente y el consentimiento que prestó en ese momento para el volcado y análisis de sus teléfonos móviles. Su tesis es clara: el mismo podría estar viciado y, por ende, el caso sería nulo de principio a fin.

La defensa plantea que dicho consentimiento podría ser ilegal y que lo prestó «al socaire de la penosa situación» que vivió durante tres días en los calabozos del juzgado cuando fue detenido por un simple delito de estafa, desde las nueve de la mañana del día 26 hasta la tarde del 28 de enero de 2022. Además, Mohamed se quejó de recibir un trato poco respetuoso por parte de la magistrada María de los Ángeles Lorenzo-Cáceres: «El sistema inquisitorial puro quedó atrás», expuso en su escrito.

De estimarse el recurso, la estrategia de defensa planteada por el letrado conllevaría una posible nulidad de todo el caso Mediador y de las restantes piezas separadas que ha ido abriendo la titular del Juzgado de Instrucción número 4 de Santa Cruz de Tenerife, apelando a la conocida doctrina del fruto del árbol envenenado. La misma refiere que se invalidarían todas aquellas pruebas obtenidas de manera ilícita y, por consiguiente, las derivadas de la misma como, en este caso, fueron las conversaciones que la policía extrajo de los terminales de Navarro y que dieron origen al caso Mediador. Para esta parte, la raíz del procedimiento es el mencionado consentimiento prestado por Navarro en unos términos que, entiende, no se ajustaron a la legalidad.

Ese presunto volcado ilícito, permitió a los investigadores descubrir los numerosos chats, fotos y vídeos que desvelaban la presunta trama encabezada también los cargos públicos Juan Bernardo Fuentes, su sobrino Taishet Fuentes y el general Francisco Espinosa, entre otros.

Indefensión

Rachid Mohamed describe en el documento al que ha tenido acceso este periódico una situación de «indefensión» por parte de su cliente en lo que se refiere a los primeros días de este caso, desde que fue detenido hasta que la magistrada lo puso en libertad con cargos más de 48 horas después y ya teniendo conocimiento de lo que Navarro Tacoronte guardaba en sus móviles.

En el primer punto, habla el abogado de «posibles irregularidades durante la detención» del Mediador y que «exigen su esclarecimiento». Las mismas, describe Rachid Mohamed, se produjeron desde que Navarro Tacoronte fue detenido el 26 de enero en el marco de una investigación iniciada por la denuncia presentada por el exdirector general de Deportes del Cabildo de Tenerife, Ángel Pérez Peña (PSOE) por una presunta estafa. Los hitos procesales que se fueron sucediendo, advierte, adolecieron «en diversos momentos», de la «más absoluta falta de garantías constitucionales para con el detenido».

Marcos Antonio Navarro Tacoronte, alias el Mediador Juan Carlos Alonso

Narra que ese mismo día 26 de enero cuando fue capturado por los agentes, pasó a disposición judicial y la jueza acordó una prórroga de la detención en dependencias policiales a su disposición argumentando «la imprescindible realización de otras diligencias» como la declaración de Pérez Peña, pero según esta parte, la misma hubiese tenido la misma incidencia estando Navarro Tacoronte en libertad provisional, todo ello teniendo en cuenta que la denuncia se interpuso dos meses antes de la detención.

Argumenta también que otro de los motivos expresados como «diligencias inaplazables» para mantener detenido al Mediador fue la petición de María de los Ángeles Lorenzo-Cáceres de que se le tomase declaración al agente instructor del atestado policial. Una situación que al abogado le causó «profunda extrañeza» por lo «inhabitual» de que declare quien «acaba de extender el atestado» horas antes y que, finalmente, no se llevó a cabo.

Mohamed se quejó de recibir un trato poco respetuoso de la jueza: «El sistema inquisitorial puro quedó atrás», expuso

Por último y en cuanto al examen del móvil del mediador que también esgrimió la autoridad judicial como motivo para la prórroga de la detención, al iniciarse el procedimiento por un simple y acotado delito de estafa, la defensa entiende que bastaba con el «simple cotejo de una conversación de WhatsApp» que pudo hacerlo directamente el letrado de la Administración de Justicia en el acto.

En este escenario, califica de «incomprensible» que su cliente siguiera detenido un día más para que el móvil fuera examinado por la unidad de Delitos Tecnológicos de la Policía Judicial, cuando –insiste– solo estaba siendo imputado por un delito de estafa y el consentimiento que Navarro prestó para el análisis de su teléfono el 27 de enero era solo «en relación con el mismo», refiere. «No alcanzamos a entender cuál sea la necesidad de implicar al Grupo de Delitos Tecnológicos teniendo en cuenta la inherente dilación que su intervención conllevaba». A pesar de estas circunstancias, el Mediador siguió en calabozos hasta el día 28, cuando fue puesto en libertad provisional emplazado a presentarse ante la Policía Judicial.

«Consideramos patente la incidencia de un cierto elemento coaccionador en las sucesivas prórrogas de la detención sufridas por nuestro cliente», denuncia el letrado Rachid Mohamed.

Consentimiento viciado

Además de esas presuntas irregularidades durante la detención del Mediador, la defensa hizo especial hincapié en su apelación en el antes referido consentimiento que prestó el investigado para el examen de sus móviles y que, a su juicio, es el quid de la cuestión en este mediático procedimiento que dinamitó los cimientos del mismísimo Congreso de los Diputados.

«Entendemos que hay fundadas sospechas» de que el permiso que prestó «para el acceso a los terminales se ha obtenido al socaire de la penosa situación personal a la que fue sometido el Sr. Navarro viéndose privado incluso de la preceptiva asistencia letrada en determinados momentos», denuncia Rachid Mohamed en su escrito de apelación.

Argumenta esta tesis, entre otros motivos, haciendo referencia al proceder del abogado que defendía a Navarro en el momento de su detención, Plácido Alonso Peña. Citó incluso un artículo periodístico en el que se informaba que el letrado dijo al Mediador que solo diese permiso para ver el móvil en relación a sus conversaciones con Ángel Pérez Peña y, tras varios días en calabozos, «de manera sorpresiva el detenido renunció a su letrado».

Tras la marcha de Alonso Peña del procedimiento, se produjo una volcado que fue «mucho más allá de la conversación con el denunciante», cuando una providencia de 27 de enero «autorizaba» solo el de «una conversación determinada de WhatsApp», detalla Mohamed.

Para aclarar estos términos, Rachid Mohamed interesó que Alonso Peña declarara en calidad de testigo, una diligencia que la magistrada instructora le denegó: «Todo apunta», advierte, que cuando Navarro «estuvo asistido de letrado, su consentimiento para el volcado se circunscribió a una determinada conversación de WhatsApp», añade, pero cuando renunció a su letrado, «el acceso a los terminales telefónicos se amplía de manera ilimitada». Es por ello que, insiste, «unidas estas particularidades» a lo narrado por Plácido Alonso Peña en la prensa, «su declaración en este procedimiento resulta esencial para esta defensa». Por este motivo, pide a la Audiencia Provincial que le estime esta prueba.

Destaca además sin cortapisas que «el consentimiento prestado en esas condiciones –tras más de dos días en calabozos–, no presenta muchos visos de licitud, o al menos, permítasenos cuestionárnoslo desde este momento», sostiene la defensa en el escrito. Una parte que tampoco dice entender cómo «dentro de esas intensas 48 horas» entre rejas, Navarro acabó prestando una sorprendente declaración «como testigo» por un presunto delito de cohecho y tráfico de influencias «en la que, en esa sí, sin ningún tipo de limitaciones, otorga su consentimiento para el volcado íntegro de sus terminales. Incluso desconocemos si en ese momento aún seguía detenido», insiste esta parte.

Tacha de «aberración jurídica» el tomar declaración autoinculpatoria a un detenido o recién puesto en libertad como testigo

Al letrado le «resulta incuestionable» que esa segunda declaración prestada en calidad de testigo por el Mediador es «nula por vulnerarse el derecho a la tutela judicial efectiva y del derecho a no declarar contra sí mismo». Pero no se queda ahí y no duda a la hora de referir en su escrito que «nunca» había «apreciado una aberración jurídica de tal magnitud, como tomar declaración autoinculpatoria a un detenido, o tal vez recién puesto en libertad tras 48 horas de privación, obteniendo su consentimiento legitimando una intromisión en sus derechos fundamentales». Todo ello con la circunstancia agravante de que lo hizo «en calidad de testigo» y no de investigado y, por consiguiente, sin presencia de abogado.

Para refrendar su tesis, también el abogado del Mediador pidió que se recibiera declaración a los otros dos letrados de oficio que lo asistieron en esa fase embrionaria del procedimiento, una diligencia que la instructora también le denegó argumentando, sostiene el escrito, que los hechos no eran «objeto de esta causa». Pero para Mohamed su señoría «se equivoca. Es más, es el juzgado mismo quien ha propiciado una indefensión manifiesta por ausencia de una asistencia letrada efectiva». ¿El motivo? Pues aduce que, en base a «la complejidad que la causa adquiría en ese momento y dado que en esas declaraciones, el investigado iba a ofrecer datos autoinculpatorios como partícipe de delitos muy graves», a la defensa le interesaría «conocer los términos en que se practicó la asistencia jurídica», advirtiendo que lo hace «sin ánimo de crítica, ni mucho menos».

También pretende conocer «cuál es el motivo por el que se produce un cambio de letrado de oficio, pues el anterior ya se encontraría mínimamente ilustrado, encontrándonos ante otra asistencia deficiente» y, desde luego, «no imputable al letrado de oficio». Todo ello, con el objeto de «conocer aspectos de las asistencias prestadas, para esclarecer si las mismas fueron efectivas» y el mediador «estuvo adecuadamente asesorado para prestar esas gravísimas declaraciones autoinculpatorias».

«Sospechas fundadas de irregularidad»

El escrito de apelación del letrado de Marco Antonio Navarro, a pesar de que insiste en que su contenido «no tiene afán dilatorio u obstaculizador de la labor del juzgado», sostiene que existen en el procedimiento «sospechas fundadas de irregularidad».

«Hemos analizado con profusión de detalle todas aquellas actuaciones sobre las que estimamos necesaria una labor de indagación», añade, entendiendo que podría contener vicios de una posible nulidad.

«Bajo este prisma», destaca, «queremos reiterar y reivindicar la dualidad de funciones del juez instructor, ya que sus labores investigadoras han de compaginarse con las funciones de control y garantía de los derechos fundamentales de todas aquellas personas que se encuentren bajo su jurisdicción» como es el caso del Mediador.

También, discrepa del hecho de que la magistrada, en el auto apelado en el que validó el acceso a los móviles, incluyó unas «desafortunadas expresiones» que albergaban una «velada cortapisa al ejercicio de la defensa», aludiendo a «términos tan intimidatorios e infundados como los de estafa procesal», expuso.

Por este motivo, exigió «el pertinente respeto que entendemos merece el desempeño de nuestra labor procesal», argumentando que no estaba actuando con «afán dilatorio u obstaculizador».

El letrado de la defensa, Rachid Mohamed, que interpuso el recurso ante la Audiencia. Juan Carlos Alonso

Quiere conocer los detalles de las visitas de Navarro a la Policía

En otro de los apartados, Rachid Mohamed formuló protesta a la Audiencia Provincial sobre la negativa de la magistrada a que el grupo de Delitos Tecnológicos de la Brigada Provincial de Policía Judicial que investiga el procedimiento emitiera «un informe o aporte documentación» sobre el «motivo y desarrollo» de cada una de las visitas que Navarro Tacoronte les hizo en sede policial a requerimiento de esa unidad. En caso de que fuese así, interesó que les detallaran si lo hizo «asistido de letrado» ya que estaba siendo investigado.

Argumenta la defensa para que la Audiencia estime su petición que María de los Ángeles Lorenzo-Cáceres se pronunció en el auto apelado «con cierta acritud» cuando resolvió esta cuestión. Hay que recordar que la magistrada reprochó al abogado que, con esta diligencia, pretendiera «convertir en investigados a los investigadores, al solicitarse diligencias dirigidas a cuestionar la actuación del grupo investigador», expuso.

A este respecto, el letrado respondió en el documento que «esta vez» no se equivocaba la instructora. «La labor de esta defensa consiste en cuestionar todo lo actuado, no solo al grupo investigador, sino incluso la propia actuación judicial, pues en eso consiste aquello de 'someter a contradicción'. El sistema inquisitorial puro quedó atrás», afirmó.

Esas presuntas visitas que realizó el Mediador a comisaría las hizo, afirma Mohamed, a «solicitud» de los agentes y «por orden» de la jueza y, recuerda esta parte, Navarro Tacoronte no tuvo «abogado desde el día 28 de enero» hasta su «declaración judicial del día 22 de febrero», enumera.

«Si no se produjeron esas visitas o no tuvieron relevancia para este procedimiento», los investigadores –detalla el abogado– «no tendrían más que informarlo en ese sentido», sin que pueda la autoridad judicial «servir de cortafuegos ante la exigencia de transparencia o como defensora de la actuación policial», que esa parte dice no criticar, «sino que tan sólo cuestionamos, como es nuestro deber», apunta.

Esta funcionalidad es exclusiva para registrados.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

canarias7 La defensa del Mediador contraataca e insiste en que el caso puede ser nulo

La defensa del Mediador contraataca e insiste en que el caso puede ser nulo