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Incautan 36 kilos de pescados, entre ellos un mero de casi 23 kilos, en Fuerteventura

Incautan 36 kilos de pescado, entre ellos un mero de 23 kilos, en Fuerteventura

El denunciado tenía intenciones de embarcar con su vehículo en uno de los ferris que cubren la línea Corralejo –Playa Blanca Lanzarote

canarias7

Las Palmas de Gran Canaria

Miércoles, 15 de febrero 2023, 13:28

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La Guardia Civil del destacamento Marítimo de Fuerteventura, en colaboración con el Servicio de Guardapescas perteneciente a la Consejería de Transición Ecológica del Gobierno de Canarias, denunció el pasado 1 de febrero a una personas de 43 años, pescador recreativo sin antecedentes, por poseer unos 36 kilos de pescado variado en una nevera portátil hallada en el interior de su vehículo.

El denunciado tenía intenciones de embarcar con su vehículo en uno de los ferris que cubren la línea Corralejo –Playa Blanca Lanzarote. En ese momento, los agentes intervinientes inspeccionaron el automóvil, encontrando la citada nevera con viejas, samas roqueras, abades y meros. Una de las piezas de mero pesaba cerca de 23 kilos, cuando el ímite del transporte de pescado entre islas por pescadores recreativos es de 10 kilos.

Según informa la Guardia Civil en un comunicado, estas piezas habían sido capturadas en la modalidad de pesca submarina, sin poder determinar la zona. El infractor, además, había sido denunciado anteriormente por capturar especies no autorizadas realizando pesca submarina en Lanzarote.

A su vez, el mero de 23 kilos fue enviado a la Cofradía de Pescadores de Corralejo a la espera del resultado de la prueba diagnóstica de la ciguatoxina, una toxina marina microscópica que se va acumulando a través de la cadena alimenticia, donde los peces más pequeños son comidos por los más grandes. De esta forma, los peces de mayor tamaño son los que podrían contener mayor cantidad de toxina y por lo tanto, ser más tóxicos.

Es importante destacar que esta toxina no se elimina por ninguna técnica de conservación o cocinado (congelación, marinado, ahumado, frito, cocido, horno o plancha). El consumo accidental por parte del ser humano de especies con altos niveles de ciguatoxina suele venir asociado con problemas gastrointestinales, cardiovasculares y neurológicos. Por esta razón, la prevención es imprescindible, basada en controlar en los Puntos de Primera Venta (PPV) los productos de la pesca fresca extractiva susceptibles de ser portadoras de ciguatoxinas antes de su incorporación a la cadena alimentaria.

Las especies susceptibles son las siguientes y se deberá realizar la citada prueba con pesos iguales o superiores a los indicados: Medregal 13 kg, Mero 12 kg., Pejerrey 9 kg., Abade 7 kg y Peto 35 kg.

En caso que los pescadores recreativos capturen las especies con los pesos iguales o superiores a los que se han descrito, se recomienda que se lleve a analizar a un laboratorio o que no se consuma.

La colaboración con el Servicio de Guardapescas perteneciente a la Consejería de Transición Ecológica, lucha contra el cambio climático y planificación del Gobierno de Canarias fue fundamental, siendo un servicio conjunto con el Destacamento Marítimo de la Guardia Civil.

Legislación

La pesca recreativa en Canarias viene regulada en la Ley 17/2003, de 10 de abril, de pesca de Canarias.

En el Artículo 70. 4.e, se recoge como infracción grave la captura de una cantidad de pesca por persona, en la modalidad de pesca recreativa, superior al doble del límite máximo diario.

En el Artículo 69. b) está catalogada como infracciones leve el ejercicio de la actividad pesquera o marisquera sin llevar consigo la preceptiva licencia acompañada de documento acreditativo de la identidad.

Tanto el Reglamento de la Ley de Pesca de Canarias, como el Real Decreto 2133/1986, de 19 de septiembre, por el que se establecen las normas a que deberá ajustarse la pesca marítima de recreo en aguas del mar territorial español correspondientes al archipiélago canario, limitan el transporte de las capturas de la pesca de recreo entre islas. Está restringido a un máximo de diez kilogramos, en varias piezas de talla reglamentaria, o en una sola pieza, en cuyo caso podrá superar dicho peso.

Posibles sanciones

Las infracciones graves podrán serán sancionadas con multa de 301 a 60.000 euros, en virtud del artículo 76 de la Ley 17/2003, de 10 de abril, de pesca de Canarias, también se podrá proceder al decomiso de los productos o bienes.

Para más detalles pueden ponerse en contacto con la Oficina de Prensa de la Comandancia de la Guardia Civil de Las Palmas, teléfono de contacto 928320400, extensión 1610181-82.

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