«La violencia vicaria no se refiere solo a los hijos, también se ejerce contra mascotas»
La magistrada Auxiliadora Díaz destaca el papel de la Fiscalía en la condena de un hombre por matar al perro que compartía con su novia para dañar a la mujer
T.A.
Las Palmas de Gran Canaria
Miércoles, 24 de septiembre 2025, 21:06
La sentencia firmada por la magistrada canaria Auxiliadora Díaz que condena por violencia machista vicaria a un joven grancanario que mató delante de su novia al cachorro de podenco que compartían para hacer daño a la mujer ha saltado a todos los medios nacionales. El fallo impone una condena de prisión –12 meses y un día– y la prohibición de acercarse a la denunciante o comunicarse con ella durante dos años y un día.
«Hay que entender que la violencia vicaria no solamente es respecto de los hijos, sino también respecto a cualquier allegado, familiar y también se jerce contra la mascota con la que la víctima sienta un apego. No podemos olvidar que los animales no son objetos, son seres, y las mujeres, al igual que los hombres, se apegan también a los animales», explica la titular del Juzgado de la Violencia número 2 de Las Palmas de Gran Canaria el día después de que trascendiera el fallo novedoso y pionero «que ha sido en conjunto con la Fiscalía de Las Palmas».
Aplicando la perspectiva de género, la competencia del caso la asumió el juzgado especializado en violencia contra la mujer. La jueza condena al chico por un delito contra los animales y lo relaciona, en concurso medial, con otro de maltrato psicológico hacia su pareja. «La muerte del animal fue el instrumento elegido para causar el menoscabo psíquico (…). Hubo una finalidad concreta: matar al animal para quebrar psíquicamente a la mujer», subraya la sentencia de la magistrada canaria.
«Lo novedoso de esta sentencia es que si solamente lo hubiésemos considerado como un delito de maltrato animal, desde el artículo 340 bis 3 de nuestro Código Penal, incluso agravado, el propio precepto solamente castiga lo que es la pena como prisión, pero no impone ninguna medida accesoria que dé lugar a la prohibición de aproximación o de comunicación con la víctima, es decir, la deja desprotegida», explica Díaz.
La magistrada vincula en su resolución judicial la existencia de un concurso medial entre ese hecho, matar al cachorro, y la intención de maltratar a la mujer, que presentó un cuadro de afectación psicológica que precisó una primera asistencia facultativa, con un tiempo de curación estimado en 90 días. Y eso dio lugar a poder condenarlo por violencia vicaria e imponer la medida de protección.
La magistrada cree que habrá más sentencias en esta línea vinculando delitos de maltrato animal con la violencia vicaria. «Sería bueno que se entendiera que no solamente son los niños sobre los cuales se puede reflejar esta violencia que busca hacer daño a las mujeres; también las mascotas forman parte de la vida de muchas personas y se las mata con la única finalidad de hacer daño a la víctima».
El caso se dilucidó el pasado lunes 22 de septiembre en un juicio rápido en el que el condenado, que no entrará en prisión, admitió los hechos relatados por la Fiscalía y se conformó con la pena, que se redujo en un tercio.
«Voy a matar al perro»
El fallo contempla como hechos probados que el pasado 13 de septiembre el acusado llamó por teléfono a la que entonces era su pareja sentimental, y le dijo: «Voy a matar al perro y después me mato», en referencia al podenco de casi cuatro meses propiedad de ambos. A continuación, sigue la sentencia, se dirigió por el Paseo de Las Canteras, en la capital grancanaria, hasta la carretera del Rincón, donde se presentó su pareja, con la intención de recuperar al cachorro.
Una vez allí, el acusado le dijo a la mujer: «No te acerques o tiro al perro y me mato», «Y con ánimo de menoscabar la integridad psíquica de su pareja, lanza al perro por un risco, golpeándose éste contra las escoleras, lo que provocó su muerte», añade la sentencia.
Aplicar la perspectiva de género, expone la magistrada en su resolución, «supone entender que estamos ante un caso de violencia vicaria sobre animal de compañía, cuyo fin era perpetuar la dominación y el control sobre la mujer, reforzando la necesidad de una respuesta punitiva agravada y de medidas de protección eficaces».