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El juez Alba, condenado a 6 años y seis meses de prisión y 18 años de inhabilitación

El juez Alba, condenado a 6 años y seis meses de prisión y 18 años de inhabilitación

La Sala de lo Penal del TSJC condena al magistrado Salvador Alba por prevaricación, cohecho y falsedad en documento oficial. El fallo, que será recurrido ante el Supremo por el acusado, lo inhabilita durante 18 años para ejercer su profesión y además tendrá que indemnizar con 60.000 euros a la diputada, Victoria Rosell. La sentencia determina que, con su maniobra, Alba pretendía favorecer a José Manuel Soria

Francisco José Fajardo

Martes, 10 de septiembre 2019, 22:14

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La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha condenado al magistrado Salvador Alba a una pena de seis años y medio de prisión y 18 de inhabilitación para ejercer su profesión al entender que confabuló para perjudicar a la ahora jueza en excedencia y actual diputada de Unidas Podemos, Victoria Rosell, según la sentencia notificada este martes.

El fallo –que Alba recurrirá al Supremo– lo considera de forma unánime culpable de los delitos de prevaricación en concurso con otro de cohecho y de falsedad en documento oficial. En total, el magistrado –que se encuentra actualmente suspendido de sus funciones por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ)– afrontará la condena penal además del pago de 12.150 euros en concepto de multas y 60.000 euros de indemnización a Victoria Rosell por los daños morales ocasionados como consecuencia de sus actuaciones.

Hay que destacar que este fallo, redactado por el ponente José Félix Mota Bello, absolvió al magistrado Salvador Alba de los delitos de falsedad continuada, negociaciones prohibidas a funcionarios públicos y revelación de secretos que le imputaban algunas de las acusaciones personadas en la causa.

Los hechos.

Según la sentencia, el 3 de noviembre de 2015 el magistrado Salvador Alba sustituyó a Victoria Rosell al frente del Juzgado de Instrucción numero 8 de Las Palmas de Gran Canaria. La vacante se había generado al pedir la excedencia ésta última para presentarse a las elecciones generales como candidata de Podemos. Entre otros procedimientos, Alba prosiguió con la instrucción de las diligencias previas 644/2014 que investigaban por presuntos delitos contra la Hacienda Pública al administrador de Seguridad Integral Canaria (SIC), Miguel Ángel Ramírez y a su mano derecha, Héctor de Armas.

A raíz de la toma de declaración realizada por Alba a Francisco Javier Chirino, director de administración y contabilidad de SIC, el magistrado charló con el abogado Sergio Armario –que representaba a De Armas–, al que le trasladó su interés en incorporar a la causa los contratos que pudieran vincular a la pareja de Victoria Rosell, el periodista Carlos Sosa, con Ramírez, además de que le trasladó «su deseo de mantener una entrevista personal» con Miguel Ángel Ramírez «a tal fin».

La reunión se llevó a cabo el 16 de marzo de 2016 en el despacho de Alba en la Sección Sexta de la Audiencia de Las Palmas, y acudió Ramírez junto a Armario, entrando en el edificio por el garaje y a acceder a su despacho por la zona reservada. «La entrevista se desarrolló privadamente» y en ella, Ramírez informó a Alba «sobre estas relaciones, suministrándole datos que no había podido obtener en las actuaciones, y ambos acordaron la entrega de esta documentación por parte del señor Ramírez», sustenta.

A cambio, «Salvador Alba se comprometía a una declaración de nulidad de actuaciones que impidiera la continuación del procedimiento, e incluso a pronunciarse sobre el fondo del asunto, decisión que podía resultar favorable a los intereses del señor Ramírez, impidiendo posteriores actuaciones de la Agencia Tributaria».

Según la sentencia, con esta maniobra Alba lograría «información lesiva para la imagen pública» de Rosell, así como para «incrementar las posibilidades de que fuera admitida a trámite la querella interpuesta ante el Tribunal Supremo por José Manuel Soria en el procedimiento penal» promovido por éste contra la entonces diputada señora Rosell. En síntesis, Alba quiso usar a Ramírez para recabar información sobre contratos y relaciones económicas entre el empresario y Carlos Sosa o sus empresas «bajo el pretexto de poner de manifiesto la falta de imparcialidad de la anterior instructora».

Informe y querella

La sentencia notificada este martes considera que, tras el informe realizado por Salvador Alba contra Victoria Rosell a requerimiento de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, el Alto Tribunal admitió a trámite la querella que había presentado el político del Partido Popular, José Manuel Soria, contra la diputada de la formación morada, por lo que la misma tuvo que presentar su renuncia al acta en el Congreso. El fallo es susceptible de recurso de casación ante el Supremo.

Las consecuencias de este ‘modus operandi’

Nulidad de las actuaciones.

La Sala, compuesta por Félix Mota Bello (presidente y ponente), Jaime Requena Juliani y Julio Wood Rodríguez, declaró probado que Alba consiguiendo esos documentos que pidió al empresario, «ofrecía un aparente motivo de nulidad de las actuaciones» en Instrucción 8 que beneficiaría a Ramírez, «e incluso la expectativa de algún tipo de resolución de fondo que pudiera favorecerle en posteriores actuaciones administrativas, una vez cerrada la vía penal», detalla.

Relaciones con Carlos Sosa

En este sentido, el empresario se comprometió en esa reunión a declarar sobre las relaciones comerciales que supuestamente mantenía con Carlos Sosa. Por este motivo, Alba citó a Ramírez para que declarase el 23 de marzo sin que las partes «tuvieran conocimiento de la existencia de la reunión previa». En el interrogatorio se introdujeron preguntas relativas a las relaciones comerciales de Ramírez con las empresas participadas por Sosa, «conforme al guión trazado en la reunión previa del día 16».

Ocultó información.

Tras esto, el 20 de abril y a requerimiento del Tribunal Supremo, Alba informó ocultando de forma deliberada «hechos determinantes» de la declaración prestada por Ramírez ocultando «la reunión privada del 16 de marzo» y el «acuerdo al que había llegado con el investigado con la finalidad de incorporar datos y documentos que relacionaran al señor Ramírez o sus empresas con Carlos Sosa». Al contrario, dijo que estos hechos los expuso Ramírez de forma «absolutamente espontánea».

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