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Dependencia vuelve a ningunear los dictámenes del Consultivo

Dependencia vuelve a ningunear los dictámenes del Consultivo

La institución le recuerda al Gobierno canario que desde 2012 estableció que el reconocimiento de la dependencia otorga ya el derecho a recibir una prestación y no, como alude Políticas Sociales por tercera vez este año, que se tenga que esperar a que se apruebe el plan individualizado de atención (PIA).

Jueves, 1 de enero 1970

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El servicio de atención a la dependencia de la Consejería de Políticas Sociales del Gobierno canario ha vuelto a ningunear los dictámenes del Consejo Consultivo de Canarias que, desde 2012 viene advirtiéndole de que aunque las personas reconocidas no tengan aprobado su Plan Individualizado de Atención (PIA), se puede cuantificar la prestación a la que tienen derecho si estas reclaman la responsabilidad patrimonial al dilatarse el proceso.

Así se desprende del nuevo dictamen que aprobó el pasado 24 de julio, el tercero de este año al respecto. En él el Consejo Consultivo insiste en que «no puede afirmarse que hasta la aprobación del PIA no haya derechos susceptibles de ser resarcidos sino meras expectativas», como viene respondiendo la administración a quienes reclaman en casos de «dilaciones indebidas».

Entre el reconocimiento de la dependencia y el PIA pueden pasar tres meses. Sin embargo en muchas ocasiones este plazo se rebasa con mucho. Es lo que se llama «estar en el limbo» de la dependencia, con un derecho reconocido, pero sin recibir la ayuda que la ley marca.

El PIA establece dos tipos de prestaciones, una económica y otra de servicio. La primera puede estar vinculada al servicio o a la asistencia personal. En el segundo caso la prestación puede ser para la prevención, dependencia y promoción de la autonomía personal; ayuda por teleasistencia; ayuda a domicilio, plaza en un centro de día/noche o atención residencial.

Para el Gobierno canario, mientras la persona dependiente no tenga aprobado su PIA no se puede cuantificar las prestaciones que debió recibir porque no se le ha asignado ninguna prestación.

El Consejo Consultivo de Canarias le recuerda al Gobierno que sigue manteniendo el criterio que ya comunicó en el dictamen 450/2012 pues se considera en su escrito que «el derecho que la reclamante estima vulnerado por la omisión de la administración, lo que le supone la pérdida de las prestaciones que conlleva, que aunque sean asistenciales y no económicas, son evaluables económicamente, nace de forma plena y efectiva en el momento en que se reconoce la situación de dependencia por parte de la administración, sin que la normativa reguladora de la materia permita entender que su efectividad queda condicionada a la aprobación del PIA».

El Consejo Consultivo de Canarias ya tiró de las orejas a la Consejería de Políticas Sociales por su gestión en materia de dependencia en un dictamen de 2016 en el que afirmaba que las personas que obtienen el reconocimiento de dependencia pueden reclamar «daño continuado» si la administración no realiza el PIA en el tiempo legal estipulado.

A principios de este año, en el dictamen número 29 del Consejo Consultivo, la institución volvía a recordar otro anterior, de 2017, en el que se afirmaba que «en el momento en el que se dicta la resolución surge el derecho a percibir las correspondientes prestaciones, que ciertamente se deben concretar mediante el PIA. Sin embargo, su falta de aprobación dentro del plazo establecido en la normativa reguladora de la materia origina la producción del hecho lesivo y del consiguiente daño continuado» pues «se impide al interesado disfrutar de las prestaciones a las que tiene derecho en atención a la situación de dependencia que le ha sido reconocida». El mismo criterio se expresa en otro dictamen de junio de 2018, así como en resoluciones de años anteriores.

En los casos denunciados, no se había comunicado el PIA a dependientes reconocidos pasados uno, dos y hasta tres años, y en alguno el dependiente ya había muerto.

Según los datos del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD) del Ministerio de Sanidad, a 30 de junio en Canarias había 30.455 personas con derecho a prestación por dependencia. De ellas 20.919 estaban recibiendo algún tipo de prestación, es decir, 9.536 están en el llamado limbo de la dependencia, tienen reconocido su derecho pero no reciben prestación por servicio o económica.

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