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Ralons, obligada a pagar antes del cinco de cada mes

Ralons, obligada a pagar antes del cinco de cada mes

El Juzgado de lo Social 6 de Las Palmas de Gran Canaria impone, mediante un auto, que el grupo Ralons abone antes del día cinco de cada mes su salario a los trabajadores del servicio de limpieza de colegios de Las Palmas de Gran Canaria, una decisión de la magistrada Yolanda Álvarez de Vayo, ante los reiterados impagos y demoras que la empresa adjudicataria del servicio viene cometiendo.

Canarias7 / Las Palmas de Gran Canaria

Jueves, 1 de enero 1970

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La demanda, presentada por Gustavo Santana actuando en su calidad de Secretario General de UGT Canarias, ha sido estimada y pone algo de luz a los trabajadores del servicio, que en varias ocasiones habían visibilizado públicamente su protesta ante instalaciones municipales.

Además, la resolución judicial indica que si Ralons no abona antes del día cinco de cada mes el salario de los trabajadores se le condena también a abonar a los trabajadores los gastos que se les genere que como consecuencia del impago puntual.

En la demanda consta, y se considera hecho probado, que Ralons ha llevado como pauta el pago impuntual de las nóminas desde que accedió a servicio en el año 2012, todo lo contrario de lo que sucedía con Fomento de Construcciones y Contratas (FCC), anterior adjudicataria, Consta, a su vez, que la Inspección de Trabajo ha comprobado que las órdenes de pago de las nóminas referidas al periodo enero de 2016 a agosto de 2017, así como de las pagas extraordinarias, se han producido con retrasos reiterados más allá del día 5 de cada mes (o día 15 para las pagas extras).

Desde septiembre de 2017 el retraso en el pago del salario continua (informes Inspección y no negado).

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