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Directo Continúa la revisión del fuero canario en el Parlamento

El TSJC suspende la orden del Gobierno canario a las oenegés para no recibir menores migrantes

La suspensión es de forma cautelar ante la petición de la Red Española de Inmigración de Ayuda al Refugiado

Patricia Vidanes Sánchez

Las Palmas de Gran Canaria

Jueves, 26 de septiembre 2024, 12:58

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La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha resuelto dejar en suspenso la orden del Gobierno de Canarias, de 2 de septiembre, en la que comunicaba a las entidades colaboradoras que no recibieran nuevos migrantes con cargo a la comunidad autónoma.

La Sala ha dictado un auto en el que acepta la medida cautelar provisionalísima interesada por la Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado y suspende la ejecución del acuerdo de Presidencia del Gobierno canario, antesala del protocolo sobre acogida de menores migrantes no acompañados y que también la Justicia ha suspendido.

El Gobierno de Canarias había dado orden a las onegés para que «no reciban nuevos migrantes con cargo a la comunidad autónoma salvo la previa comunicación de conformidad o la autorización expresa de las autoridades autonómicas competentes, en orden a proteger el interés de los menores no acompañados que ya están atendiendo».

La resolución ha sido dictada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo de Las Palmas de Gran Canaria, en un proceso distinto al que se sigue en la Sala de Santa de Tenerife a instancias de la Fiscalía, aunque con razonamientos casi idéntidos. Ahora el Ejecutivo regional tiene tres días para alegar lo que estime oportuno.

La orden de Presidencia del Gobierno de Canarias suponía, como recoge el auto judicial, «que los nuevos menores migrantes que lleguen a las costas de Canarias no van a ser recepcionados de manera automática en los centros de acogida gestionados por las entidades colaboradoras contratadas por el Gobierno del Canarias». De esta manera, la recepción quedaría «supeditada a la previa comunicación de conformidad o a la autorización expresa de las autoridades autonómicas competentes».

El Gobierno de Canarias pretendía que los menores migrantes quedaran «bajo la guarda y custodia de la autoridades estatales encargadas de su recogida en el mar y posterior identificación, suspendiendo la recepción de nuevos menores migrantes a cargo de los recursos autonómicos».

Señala La Sala que tal medida «altera de manera sensible el procedimiento de entrega y asistencia de los menores migrantes no acompañados que hasta entonces se venía observando, y cuya puesta en práctica puede comprometer los intereses de este colectivo especialmente vulnerable, de ahí que apreciemos la especial urgencia en la adopción de la medida».

A continuación, el auto señala que «seguimos, en este sentido, el mismo criterio mantenido por el auto de fecha 20 de septiembre de 2024 dictado por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Canarias, sede en Santa Cruz de Tenerife, en el procedimiento de Derechos Fundamentales núm 182/2024, que aboga por mantener 'status quo' existente en lo que se sustancia el incidente cautelar y se escucha a la Administración».

Se refiere al auto que deja en suspenso el protocolo canario de recepción de menores migrantes, que luego también fue calificado por el Consejo de Estado de inconstitucional.

La Sala utiliza los mismos argumentos que tumbaron la aplicación del protocolo de recepción de migrantes

El mencionado protocolo autonómico «produce una innovación no poco relevante del régimen jurídico actualmente en vigor», y a este criterio se acoge también el nuevo auto judicial en respuesta al recurso presentado por la Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado.

Los argumentos del nuevo dictamen son exactamente iguales a los que dejaron sin efecto la aplicación del protocolo territorial de recepción de menores extranjeros migrantes no acompañados.

«Tan relevante alteración del actual marco normativo aconseja en este trance el mantenimiento del actual 'statu quo', finalidad conservativa que por otro lado es la prototípica que las medidas cautelares miran a satisfacer. No cabe perder de vista, en efecto, la repercusión que es susceptible de desplegar la aplicación del protocolo sobre un colectivo tan especialmente sensible y vulnerable».

En su recurso, la organización aludía a la incompetencia del Consejo de Gobierno canario para adoptar una medida que, según denunciaban, «no estaba en el orden del día» de la sesión en la que se adoptó, por lo que la decisión «prescinde del procedimiento administrativo habitual y de las medidas de control que el funcionariado puede aportar».

El Ejecutivo canario, que tiene tres días para presentar alegaciones ante esta nueva decisión, salió este miércoles en defensa del protocolo territorial, recordando que su pretensión es desarrollar un reglamento «de un protocolo aprobado en 2014 por el Gobierno del Estado».

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