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Garrido: «La postura de la Fiscalía de Estado es razonable»

Garrido: «La postura de la Fiscalía de Estado es razonable»

El fiscal superior de Canarias, Vicente Garrido, manifestó ayer, preguntado por la existencia de un supuesto informe que exoneraba de culpa penal a Clavijo que «¿informe? ¿Qué informe? Quien dice que hay un informe oculto es que desconoce por completo el funcionamiento del Ministerio Fiscal, que se rige por el principio de legalidad, la unidad de actuación e independencia jerárquica. En este caso, solo ha habido un borrador que yo leo, superviso y envío a la Fiscalía General de Estado (FGE)», recalcó.

Jueves, 1 de enero 1970

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Se trata de una «simple nota preparatoria que carece de eficacia jurídica y no voy a desvelar su contenido», aclaró. «El único informe que tiene valor es el realizado el 8 de noviembre, no hay otro. Los borradores no son informes, eso tiene que quedar claro a todos», exclamó. Garrido, además, no dudó a la hora de decir que le parecía «razonable la postura que ha adoptado la FGE».

Al respecto de que si el Ministerio Público esperó o no por la entrada del nuevo Estatuto para pronunciarse, negó haber «esperado por una nueva ley. Hablamos de que se estaba elaborando un dictamen donde el 13 de septiembre se aprueba el Estatuto por mayoría y por el Senado el 24 de octubre, solo pendiente de su publicación en el BOE. En este escenario, es razonable la postura de la FGE. ¿En caso Grúas es un asunto sencillo? No y por eso había que estudiarlo a fondo. Pero no estamos dispuestos a que esto parezca un paseo militar y todos los movimientos que se han hecho han sido razonados, motivados, reflexionados y ponderados y para eso hay que estudiar los 22 tomos de forma colectiva», aclaró.

Garrido no comparte la tesis de que en este caso se ha producido un retraso por parte de la Fiscalía: «En dos meses escasos se ha estudiado el procedimiento y considero que sí ha habido tutela judicial efectiva. Si dos meses son dilaciones, entonces, por ejemplo, ¿cómo llamaremos a lo ocurrido con el caso Eólico? A día de hoy el transcurso de tiempo del 4 de septiembre al 18 de octubre, ¿es un plazo razonable? Pues yo digo que sí. No hay dilación indebida y mantiene el principio de tutela efectiva», afirmó.

Por último, reconoció que le «costaba trabajo» entender el voto particular emitido por el presidente del TSJC, Antonio Doreste: «Me parece farragoso y complicado jurídicamente hablando porque emplea demasiados folios y cuesta trabajo entender exactamente la conclusión del voto», dijo, a lo que añadió que su fundamentación jurídica es «muy alambicada, mezcla muchas normas y muchas reflexiones», hasta el punto de que utiliza disposiciones transitorias del Código Civil de 1889 cuando hay jurisprudencia de 2015 que regula supuestos parecidos.

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