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El expresidente andaluz Manuel Chaves. Efe
Archivan las diligencias contra Chaves por no declarar en una comisión de investigación

Archivan las diligencias contra Chaves por no declarar en una comisión de investigación

La Fiscalía entiende que no hubo delito porque acudió y expresó los motivos para no responder a los diputados autonómicos

Cecilia Cuerdo

Sevilla

Jueves, 2 de julio 2020, 15:26

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El juzgado de instrucción 12 de Sevilla ha dado carpetazo a la investigación abierta contra el expresidente andaluz Manuel Chaves al no responder a la comisión de investigación que trataba de esclarecer las irregularidades de la extinta Fundación Andaluza de Formación y Empleo (Faffe), cuyos directivos emplearon tarjetas de crédito oficiales en varios prostíbulos. La Fiscalía ya pidió el archivo al entender que no hubo delito, ya que el exdirigente se personó en la comisión y expuso sus motivos para no responder a las preguntas. El archivo ha sido ya recurrido por Vox Andalucía, la formación que denunció inicialmente estos hechos en los juzgados.

La citación de Chaves se produjo en noviembre pasado, a escasos tres días del cierre de la campaña electoral para las generales. Pese a llevar meses en el Gobierno de la Junta, PP y Cs, con apoyo de Vox, no pusieron en marcha la comisión de investigación hasta mediado el otoño, y con la mayoría de la que gozan en la Cámara autonómica fijaron las comparecencias justo antes de la cita con las urnas. Chaves compareció el primero, aunque se acogió a su derecho a no responder a las preguntas de los grupos políticos al considerar que habían «instrumentalizado» la comisión, rompiendo de forma «arbitraria» la «neutralidad política» exigida a un Parlamento autonómico por esa coincidencia de fechas, lo que provocó una enorme bronca política. Junto al expresidente, otros diputados socialistas también rechazaron responder a las preguntas de la comisión.

El caso acabó en los juzgados. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia Andaluz (TSJA) marcó el camino al archivar la causa contra los diputados y exconsejeros del PSOE Javier Carnero y Antonio Ramírez de Arellano. Consideró que «comparecieron al llamamiento que se les hizo por la comisión de investigación, esto es, no dejaron de comparecer como exige el tipo penal, y tras exponer a sus componentes las razones que les asistían y ciertas circunstancias objetivas, se acogieron a su derecho a no seguir declarando».

PP, Cs y Vox citaron a los exdirigentes socialistas en campaña electoral para esclarecer el uso de dinero público en prostíbulos

A ese argumento se aferró semanas después la fiscalía de Sevilla para pedir el archivo de la causa contra Chaves, poniendo el acento en que lo que castiga el Código Penal es la incomparecencia ante comisiones parlamentarias y faltar a la verdad en las manifestaciones que puedan ser vertidas ante dichas comisiones, por lo que el expresidente no habría incurrido en hecho delictivo alguno.

Así, la Fiscalía recordó que, según el TSJA, «teniendo el derecho penal un contenido esencialmente restrictivo en las conductas que recogen sus normas, no pueden extenderse estas a conductas no expresamente previstas en la norma, de tal manera que no puede entenderse que la no comparecencia pueda equipararse, a efectos de tipificación penal o interpretación del artículo 502.1 del Código Penal, a la negativa a declarar».

«Si el legislador lo hubiera entendido así, lo hubiera regulado expresamente como ocurre en otros supuestos como los contemplados» en el artículo 420 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, argumentó en dicho auto el TSJA, que aseveró que, «en definitiva, en modo alguno cabe hacer una interpretación extensiva y desfavorable contra los denunciados en el ámbito penal en el que nos movemos».

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