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El alcance de la suspensión de los presos en el Congreso, según sus letrados

El alcance de la suspensión de los presos en el Congreso, según sus letrados

Los cuatro diputados catalanes que han sido suspendidos de derechos y deberes en el Congreso no cobrarán un euro, no podrán adscribirse a ninguna comisión ni subcomisión, no podrán votar ni presentar iniciativas y pasarán a formar parte del Grupo Mixto.

Ángel A. Giménez (Efe) / Madrid

Jueves, 6 de junio 2019, 13:47

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Son algunas de las consecuencias que genera la suspensión, pero hay más, según recoge el informe de los servicios jurídicos de la Cámara que la Mesa ha revisado este miércoles y al que ha accedido Efe.

Al quedar encuadrados en el Grupo Mixto, éste verá reducida la subvención que concede la Cámara mes a mes, dispondrá de un cupo inferior para el registro de proposiciones no de ley o proposiciones de ley y su voto en la Junta de Portavoces ejercerá una influencia menor.

Sin embargo, computarán para la mayoría absoluta, porque, como subraya el informe, los suspendidos no dejan de ser miembros del Congreso. El arco parlamentario sigue en 350 escaños y la mayoría absoluta, en 176.

El texto que los nueve integrantes de la Mesa han votado en su conjunto (sólo se ha producido una discrepancia, de Unidas Podemos, sobre la anulación de las retribuciones a los presos) recorre a través de sus páginas los antecedentes de rebaja de mayorías.

Ocurrió en la II legislatura con dos diputados de HB, en la III con cinco electos de la misma formación (la mayoría absoluta fue 173 diputados durante toda la legislatura) y en la IV con cuatro; también en la VI se produjo un caso similar.

Sin embargo, el precedente directo se enmarca en la IV, con Ángel Alcalde, de HB, quien estaba en prisión preventiva cuando tuvo lugar el asesinato del electo Josu Muguruza y su vacante pasó a él.

Sólo este precedente es comparable con los casos de Oriol Junqueras, Jordi Sànchez, Josep Rull y Jordi Turull, pues el entonces parlamentario de HB llegó a adquirir la condición plena de diputado.

Un electo que no adquiere tal condición previo acatamiento no es "miembro" del Congreso, pero un diputado a todos los efectos que es suspendido a la postre, sí lo es. "Necesariamente, las consecuencias jurídicas" deben ser "diferenciadas", apostillan los letrados.

Mayoría absoluta en 176

Bajo esta premisa construyen los letrados su informe, y por ello el arco del Congreso se mantiene en 350 y la mayoría absoluta, en 176.

Ésta es una consecuencia, aunque los letrados citan más.

Consecuencias directas

- No pueden votar en plenos ni, evidentemente, en comisiones.

- No pueden registrar iniciativas de ninguna clase, ni preguntas, ni proposiciones no de ley ni proposiciones de ley ni peticiones de informes al Gobierno, etcétera.

- No pueden cobrar ni siquiera el devengo que les correspondería desde antes del día que acataron. Sus retribuciones están completamente suspendidas por decisión de la Mesa.

- No pueden acceder a los seguros habilitados por el Congreso para la protección social de los diputados, ni a la póliza de accidentes.

- No pueden estar en comisiones, ni en subcomisiones ni en ponencias.Tampoco en la Diputación Permanente.

- No pueden formar parte de sus grupos propios, y todos irán al Mixto, incluido Junqueras, de ERC.

Rebajas para el Grupo Mixto

- Tendrá una menor representación en las comisiones y en la Diputación Permanente.

- Tendrá menor influencia en las votaciones de la Junta de Portavoces.

- Tendrá un cupo inferior para registrar iniciativas o intervenir en las sesiones de control.

- Menor representación en comisiones y subcomisiones.

- Cobrará menor cuantía de la subvención variable (por número de escaños) que da el Congreso.

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