Como los perros y también de obligado cumplimiento. Desde hace unos meses se lleva a cabo en Canarias la campaña de implantación de microchips en los caballos, cumpliendo la normativa europea. Su incumplimiento puede ocasionar multas que van desde los 600 a los 60.000 euros.
La normativa europea es clara y exige la implantación paulatina del nuevo sistema de identificación a través de microchip y pasaporte para caballos, burros y otros équidos de crianza y renta de las Islas, que se aplica desde el mes de julio pasado.
Merced a un convenio de colaboración entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Pesca del Gobierno de Canarias y el Consejo de Colegios Veterinarios de Canarias, son los veterinarios acreditados en las dos provincias los encargados de recoger la información necesaria con al finalidad de registrar a los animales identificados en la base de datos Zoocan, y expedir el pasaporte individual al propietario del animal, tras la implantación de un pequeño microchip en el cuello.
En Gran Canaria, Francisco Doreste es uno de los veterinarios que se encargan de esta nueva labor y nos la explica en el picadero de Bandama, donde pone el aparatito a un yegua poney mezclada, Pocajontas, que parece no estar muy por la labor.
«Con este nuevo sistema», explica Doreste, «se optimiza la trazabilidad y el control del censo canario de estos animales, con el objetivo de mejorar sus condiciones sanitarias y de bienestar, previniendo además el maltrato o el abandono, ya que permite localizar con facilidad a cualquier propietario en caso de pérdida. Además, como algunos animales se utilizan para el consumo humano, hay que verificar que tipo de medicación se le ha puesto».
Los caballos que se están identificando ahora son los de explotaciones inscritas en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) de la Consejería, bien como explotaciones en producción, o bien como explotaciones especiales destinadas al ocio. Los équidos deben estar identificados antes del 31 de diciembre del año de nacimiento del animal o en un plazo de seis meses a partir de la fecha de nacimiento, pudiéndose elegir la fecha más tardía. En cualquier caso, siempre se hará antes de dejar el lugar de nacimiento.