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El fiscal cuestiona el archivo del Canódromo

El fiscal cuestiona el archivo del Canódromo

Jueves, 1 de enero 1970

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La vía penal del caso del Canódromo aún no está cerrada. El fiscal de la Audiencia Provincial Javier Ródenas ha presentado un recurso contra el archivo provisional de la causa dictado por el juzgado de instrucción número 3 de la capital grancanaria, en el que pide que se investigue si hubo malversación en la firma del convenio urbanístico. La Fiscalía de la Audiencia Provincial considera que el archivo de la investigación judicial del Canódromo, ordenado el pasado 14 de diciembre por el titular del juzgado de instrucción número 3 de la capital grancanaria, «carece de fundamentación».

El recurso plantea la necesidad de citar a declarar como imputados a las personas que ha solicitado la denunciante, Ángeles Sánchez (presidenta de la asociación vecinal Avecalta), entre las que figura el actual alcalde de la capital grancanaria, Juan José Cardona, y advierte al juez de que debe «justificar sus actuaciones de una manera más explícita» antes del próximo 22 de marzo.

En el plazo de 42 días contados desde este jueves, «quedarán prescritos los delitos denunciados salvo que se practiquen actos interruptivos de la prescripción», al cumplirse los diez años «de la aprobación definitiva por el pleno del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria de la permuta contenida en el convenio urbanístico del Canódromo», según precisa el escrito de la Fiscalía. Expresamente, se refiere a la «presunta prevaricación y/o malversación ceñida a la firma del convenio urbanístico celebrado el 25 de mayo de 2002 entre el concejal de Urbanismo, Juan José Cardona, y la entidad Improcansa», y actos posteriores.

El recurso, fechado el 27 de enero, establece dos niveles distintos de desacuerdo con la actuación judicial. Por una parte, está «de acuerdo» con «el fondo» del archivo en lo que afecta a los trámites de aprobación del plan especial del Canódromo, aunque cuestiona «la forma en que se decreta el archivo, por falta de motivación suficiente». Así comparte la decisión de exonerar de cualquier responsabilidad penal a Pepa Luzardo y a Felipe Afonso, que fueron respectivamente la alcaldesa y el concejala de Urbanismo encargados de gestionar la aprobación definitiva del plan especial del Canódromo en octubre de 2003. El fiscal dedica la mayor parte de los 42 folios de su argumentación a delimitar los pasos seguidos en la tramitación del planeamiento, para dar por «descartada la posibilidad punitiva de la prevaricación administrativa». Considera el recurso que ambos «en ningún caso han podido tener conciencia de ilegalidad» cuando todos los informes técnicos y jurídicos avalaban la tramitación del plan.

Convenios. La segunda vía del fiscal rechaza el archivo provisional «tanto por la ausencia de una motivación expresa como por no haberse practicado diligencias instructoras solicitadas por las partes». En particular, el escrito se detiene en «la posible comisión de un delito de prevaricación y/o malversación por la venta de los terrenos de la pieza de suelo del plan especial del Canódromo por un precio de metros cuadrados muy por debajo al del mercado, tesis que podría venir avalada por las conclusiones de la comisión especial de investigación», como un elemento que debe ser investigado. Por ello recuerda que «las diligencias instructoras» solicitadas, «consistentes en la declaración como imputados de las personas que firmaron el convenio», aún no se han realizado, sin que el juez justifique el motivo.

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