El Comisionado de Transparencia asegura que está limitado por ley
El Comisionado encargado de velar por el cumplimiento de la Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública, Daniel Cerdán, afirma que este órgano «tiene muy definidas y ajustadas sus competencias, sobre todo en cuanto a las instituciones o entidades sujetas a su supervisión».
Las explicaciones de Cerdán se relacionan con el gasto generado por el titular del Diputado del Común, Jerónimo Saavedra, y su jefe de gabinete, Luis Carlos Núñez, por un viaje que realizaron en junio de 2014 a Francia y Gales y que supuso entre billetes de avión y alojamiento en diversos hoteles más de 5.000 euros. El contenido de este gasto y sus detalles fue requerido a la institución que no contestó, incumpliendo de este modo la Ley de Transparencia.
Según entiende el comisionado, las entidades encargadas de ejercer el control de las administraciones públicas como es el Diputado del Común «no están sujetas a las autoridades del control de la transparencia».
Daniel Cerdán ahonda en que el artículo 51.2 de la Ley Canaria de Transparencia y de Acceso a la Información Pública indica que las reclamaciones o recursos sobre las decisiones del Diputado de Común, referidas a su propia transparencia administrativa solo pueden plantearse ante las autoridades judiciales. «Podrá estarse o no de acuerdo con este precepto legislativo pero por lo general las leyes suelen atribuir el control de los controladores a la autoridad judicial al objeto de preservar su independencia y su libertad de actuación», indica.
Además, Cerdán apunta también que el artículo 63.1.b establece que «el Comisionado de la Transparencia no llevará a cabo el control de los contenidos que el Diputado del Común ha de publicar en su web. Es por ello que el Diputado del Común solo responde oficialmente ante el Parlamento y ante los jueces y socialmente ante la opinión pública».