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Efe / Madrid
Viernes, 19 de octubre 2018, 18:02
El portavoz de la AEB, José Luis Martínez Campuzano, explicó en declaraciones a Efe que la legislación actual cuestiona la retroactividad de la decisión del TS porque, cuando una sentencia en firme anula una norma general, surte efecto desde el día en que se ha publicado.
Por ello, los bancos sólo deberán pagar el impuesto sobre las hipotecas constituidas desde la publicación del fallo.
Ha recordado que se trata de una sentencia de carácter tributario, que no entra en la relación entre bancos y clientes, sino que afecta a la relación entre contribuyente y Hacienda.
El Tribunal Supremo anunció este viernes que revisará si continúa aplicando el criterio conocido el jueves, por lo que ha acordado paralizar con carácter urgente todos los recursos planteados al respecto.
Según han informado fuentes jurídicas, la paralización no implica la suspensión de la reciente doctrina, que continuará siendo la vigente hasta que el pleno, compuesto por 31 jueces, se reúna.
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