La DGD da por acreditado los incumplimientos de Francisco Rivero
lucha canaria ·
Se anula el acuerdo de convocatoria de elecciones de la Junta de Gobierno extraordinariaPEDRO REYES
Las Palmas de Gran Canaria
Jueves, 31 de marzo 2022, 02:00
El director general de Deportes, Manolo López, remitió una resolución con fecha del 25 de marzo que viene a completar la del pasado 4 de marzo, que suspendía el acto de convocatoria de las elecciones a las federaciones canarias e insulares que había realizado la regional, que preside en funciones Francisco Rivero. En sus antecedentes jurídicos ya dejaba en entredicho la actuación del propio presidente en funciones de federación la regional, que entiende como cesado, y que no ha cumplido el requerimiento que se le hizo, aunque ahora ya lo da por acreditado.
En esta del pasado 25 de marzo, la DGD estima el recurso presentado por las federaciones insulares de La Palma, Tenerife, Gran Canaria y Fuerteventura, dando por acreditado algunos aspectos de gran importancia y que no dejan en buen lugar a Francisco Rivero, por sus continuos incumplimientos.
En su segundo apartado dice «que producidas dimisiones de miembros de la Junta de Gobierno de la Federación de Lucha Canaria, los estatutos federativos imponen la obligación al presidente de realizar la convocatoria de elecciones anticipadas a la Junta de Gobierno de la Federación de Lucha Canaria».
Con ello confirma que desde que le dimitió el sexto directivo el pasado 27 de septiembre de 2021, cesaba en el cargo y tenía 15 días para convocar elecciones tal como establece el artículo 14 de los Estatutos de la lucha, aunque lo pasó por alto y siguió como si nada ocurriera.
Los apartados terceros al quinto también son esclarecedores:
Que la Dirección General de Deportes ha requerido formalmente en dos ocasiones al presidente de la Federación de Lucha Canaria a realizar la convocatoria de elecciones anticipadas a la Junta de Gobierno de la Federación de Lucha Canaria, tal y como exigen los estatutos de la Federación de Lucha Canaria.
Que el presidente de la Federación de Lucha Canaria no ha realizado la convocatoria de elecciones anticipadas a la Junta de Gobierno de la Federación de Lucha Canaria tal y como le obligan los estatutos de la Federación de Lucha Canaria.
Que el presidente de la Federación de Lucha Canaria no ha cumplimentado los requerimientos de la Dirección General de Deportes al no haber realizado la convocatoria de elecciones anticipadas a la Junta de Gobierno de la Federación de Lucha Canaria. Con ello acredita que Rivero no solo no cumplió con su obligación, sino que no obedeció el requerimiento enviado, dejando claro en el apartado siguiente, la estratagema legal utilizada para retrasar todo , al no tener competencias o hacerlo de manera irregular.
Que la Junta de Gobierno de la Federación de Lucha Canaria ha realizado convocatoria de elecciones anticipadas a la Junta de Gobierno de la Federación de Lucha Canaria sin tener competencia para ello.
Que la Junta de Gobierno de la Federación de Lucha Canaria ha realizado convocatoria de elecciones anticipadas a las juntas de gobierno de las federaciones insulares de Lucha Canaria, cuando sus mandatos finalizaban en 2024 y no se han producido alteraciones en su composición que obliguen a realizar esa convocatoria electoral anticipada.
Por lo expuesto anteriormente anula el acuerdo de convocatoria de elecciones de la Junta de Gobierno extraordinaria del 9 de febrero de 2022.