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La vida le gana al volcán de La Palma

Los pinos renacen entre el paisaje negro que dejó la erupción volcánica en La Palma.

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Las Palmas de Gran Canaria

Viernes, 11 de febrero 2022, 00:28

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Mientras poco a poco todo vuelve a la normalidad, pequeños detalles son muy emotivos pues suponen una muestra clara de recuperación vital. Donde hace no mucho había incertidumbre, con un gigante expulsando fuego y lava de su boca, ahora el verde solicita su espacio como muestra de buena voluntad a la vida.

Medidas para la reconstrucción

El Consejo de Gobierno de Canarias aprobó este jueves un decreto ley que adapta las medidas tributarias excepcionales en vigor para la reconstrucción de viviendas afectadas por la erupción volcánica en La Palma, para extender su alcance a las que estaban en suelo rústico.

La norma aprobada este jueves se aplicará, como las anteriores, a la transmisión onerosa o gratuita de parcelas situadas en los términos municipales de El Paso, Los Llanos de Aridane y Tazacorte.

Se aplicará el tipo cero a las transmisiones en el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, siempre que las parcelas sean destinadas a la construcción de viviendas habituales en situación legal o asimilada a la misma en sustitución de las destruidas por la erupción del volcán.

El adquirente de la parcela y el promotor de las obras de construcción deben ser la misma persona física.

Las obras de construcción deben comenzar en el plazo de un año desde la fecha en la que el pleno del Ayuntamiento en el que se ubique la parcela donde se pretende ejecutar la construcción adopte el acuerdo de autorización y deben concluir en dos años desde el inicio de las obras.

Asimismo, se bonificará en un 100% la cuota tributaria a la donación de las parcelas destinadas a los citados fines y se aplicará el tipo 0 del IGIC a las ejecuciones de construcción de obra.

El decreto en materia urbanística aprobado el pasado 20 de enero, ahora ampliado con el aprobado hoy, tiene como último objetivo la reconstrucción de inmuebles destinados a vivienda y, además, su rehabilitación.

El texto define los conceptos que sirven de base a la regulación de la norma: vivienda habitual, vivienda legal y vivienda asimilada a la situación de legalidad.

En cuanto a las situaciones urbanísticas en que podían encontrarse las edificaciones destruidas, se distingue entre las de legalidad y las asimiladas a la primera, que comprenden las situaciones de consolidación, afectación por actuación pública y fuera de ordenación, conforme a los conceptos legales contenidos en la Ley del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias.

La reconstrucción podrá ejecutarse en cualquier parcela que esté clasificada como suelo urbano, suelo rústico de asentamiento, suelo rústico común, suelo rústico de protección agraria y suelo rústico de protección paisajística.

Se excluyen los espacios naturales protegidos, los incluidos en la Red Natura 2000, las parcelas destinadas a dominio público y las que puedan resultar afectadas por riesgos de cualquier naturaleza, según el Plan Insular de Ordenación o el Plan de Gestión de Inundaciones.

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