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Foto de archivo de los integrantes de la Policía Verde. C7

La Policía Verde de Telde lleva ante la Fiscalía un presunto delito contra el medio ambiente

Las diligencias judiciales investigan a dos personas por realizar obras en un suelo rústico de protección paisajística del municipio

CANARIAS7

Telde.

Lunes, 31 de enero 2022, 01:00

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Un trabajo de investigación de la Unidad de Medio Ambiente del cuerpo de la policía local de Telde termina en unas diligencias judiciales por un supuesto delito contra la ordenación del territorio, artículos 319 y siguientes del Código Penal.

La Fiscalía Provincial de Las Palmas acusa a dos personas de realizar obras contrarias a derecho en una zona de medianías y tras las oportunas diligencias preprocesales derivadas de una investigación penal e impulsadas por las pesquisas e informes de los integrantes de la Policía Verde de Telde.

Según la información recabada por este periódico de fuentes judiciales, los investigados utilizaron el procedimiento de 'comunicación previa' para realizar un acto de transformación del territorio en un Suelo Rústico de Protección Paisajística, omitiendo tales circunstancias, así como que «las obras no se ajustan a la comunicación previa ni admiten posterior legalización».

Tal como se describe en el decreto de resolución de la Fiscalía Provincial, «los hechos podrían ser constitutivos de un delito contra la ordenación del territorio de los artículos 319 y siguientes del Código Penal», que ahora deberá instruir un juzgado de Telde.

Aclaran las mismas fuentes que un acto de comunicación previa es un mecanismo administrativo para flexibilizar la burocracia relacionado con obras de carácter menor, de pequeña entidad, sin transformar ni estructuras y menos el territorio rústico. Es el documento mediante el que los interesados, bajo su responsabilidad, ponen en conocimiento de Urbanismo sus datos identificativos, manifiestan que cumplen los requisitos establecidos en la normativa vigente, aportan la documentación que así lo acredita y se comprometerse a su cumplimiento. En ese sentido, solo están sujetas a comunicación previa la ejecución de obras menores, caracterizadas por su sencillez técnica y escasa entidad constructiva y económica. En ningún caso suponen alteración de volumen o superficie construida, del uso permitido, reestructuración, distribución o modificación sustancial de elementos estructurales.

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