Caso Yéremi: el juez reitera al SCS que remita su historia clínica completa tras casi cuatro años de espera
El requerimiento busca subsanar una omisión que ha frenado durante años un análisis forense completo de los antecedentes médicos de cianosis que padecía el niño
En un nuevo avance del largo y complejo proceso judicial que sigue intentando arrojar luz sobre la desaparición de Yéremi Vargas, el menor desaparecido en 2007 en Gran Canaria, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de San Bartolomé de Tirajana ha dictado un auto con fecha 24 de junio de 2025 en el que acuerda la práctica de diligencias probatorias de gran relevancia para el esclarecimiento del caso.
En concreto, casi cuatro años después de que la autoridad judicial lo pidiera por primera vez el 1 de octubre de 2021, vuelve a remitir un oficio al Servicio Canario de Salud para que les envíe el historial médico completo de la víctima para que, de esta forma, los forenses del Instituto de Medicina Legal de Las Palmas puedan hacer una pericial única y con todos los datos acerca de la cianosis que sufría cuando desapareció.
La resolución judicial da respuesta a un escrito de la acusación particular ejercida por el letrado Marcos García Montes presentado el pasado mes de febrero, en el que se solicitaban nuevas medidas orientadas a reforzar la línea médica de investigación. Entre las decisiones adoptadas por el juez instructor, destaca en primer lugar la incorporación formal a la causa de toda la documentación presentada por la acusación, incluyendo un informe pericial firmado por el doctor Manuel Francisco Carrillo Rodríguez. Este documento, ya adelantado por las partes, incluye valoraciones médicas clave sobre la salud del menor y posibles interpretaciones clínicas de ciertos signos fisiológicos.
Hay que recordar que el informe forense relacionado con la cianosis fue solicitado por Marcos García Montes tras lograr la reapertura del procedimiento, con el objeto de acreditar que Yéremi padecía una insuficiencia respiratoria que le dejaba la piel azulada en situaciones de estrés, como así afirmó presuntamente el Rubio a un preso de confianza cuando ambos estaban encarcelados en una prisión de la península.
Pero es el segundo punto del auto el que más peso tiene en la reconstrucción del perfil clínico de Yéremi: el juez ordena al Servicio Canario de Salud (SCS) que remita, con carácter urgente, la historia clínica completa del menor, subrayando que los antecedentes médicos remitidos en octubre de 2021 eran manifiestamente insuficientes. En aquella ocasión, solo se entregaron registros parciales relativos a tres ingresos hospitalarios —todos ellos ocurridos entre julio y octubre de 1999— en los servicios de neonatología y pediatría del Hospital Universitario Materno Infantil de Canarias (CHUIMI), así como algún informe aislado de neuropediatría. A juicio del magistrado, esa documentación no permite una evaluación forense completa y coherente, y recalca la necesidad e importancia de que el SCS cumpla lo solicitado y remita con urgencia toda la documentación disponible, incluyendo datos de todas las especialidades médicas que atendieron al menor.
El magistrado Ibán Rodríguez Larrea añade además una instrucción logística importante: debido al alto volumen que previsiblemente tendrá la documentación, se solicita expresamente que esta se entregue de forma clasificada, ordenada y acompañada de una copia en formato digital, para garantizar que pueda ser analizada con eficiencia tanto por los médicos forenses como por el Ministerio Fiscal, las partes y el propio órgano judicial.
La tercera disposición del auto abre paso a una nueva fase pericial con importante carga técnica y forense. Una vez recibida la documentación clínica completa, el juzgado acuerda requerir al Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Las Palmas la elaboración de un nuevo y único informe pericial, que deberá ser elaborado por dos médicos forenses. Este informe tendrá carácter exhaustivo, incluyendo todos los puntos que anteriormente se han venido solicitando a lo largo del procedimiento, así como nuevos aspectos médicos que resultan esenciales para comprender el estado de salud de Yeremi, la cianosis que sufría y su posible relación con las circunstancias de su desaparición.
Entre los aspectos que el informe forense deberá abordar se encuentra, en primer lugar, un análisis profundo sobre la cianosis, su definición, tipos, causas, manifestaciones clínicas, tratamientos y si puede tener o no consideración de secuela médica. Se busca comprender, con criterio técnico, en qué condiciones aparece esta coloración azulada de la piel y qué percepción pueden tener terceros ante su presencia.
Más pruebas
En segundo lugar, el informe deberá valorar si existen indicios en la historia clínica de Yeremi compatibles con cianosis, qué enfermedades podrían haberla provocado, su probabilidad de recurrencia una vez superadas esas patologías, y si tales condiciones implicaban alguna limitación para la realización de actividades físicas o deportivas. El juez también solicita un análisis retrospectivo para determinar si los signos de cianosis detectados en las primeras semanas de vida —aparentemente ligados a un Síndrome de Dificultad Respiratoria del Recién Nacido (SDRN)— volvieron a manifestarse posteriormente, y si esta condición inicial pudo dejar una mayor vulnerabilidad a nuevos episodios respiratorios.
Un tercer bloque del informe abordará la relación entre cianosis y muerte por asfixia, solicitando a los peritos que determinen si este signo es inherente, probable o simplemente posible en dichos casos, y si el historial clínico de Yéremi incrementaba la probabilidad de manifestar cianosis en caso de muerte por asfixia.
Por último, el juez introduce una línea de indagación que hasta ahora no había sido explorada en profundidad: la de los espasmos del sollozo, una condición benigna y transitoria que se presenta en algunos menores. El Instituto deberá pronunciarse sobre sus características clínicas, frecuencia, percepción externa y si existe alguna conexión con la aparición de cianosis. También deberá examinar si hay rastros en la historia clínica del menor que sugieran la existencia de este tipo de episodios, aunque no estuvieran registrados como patología formal.
En su conjunto, estas diligencias reflejan un refuerzo en la investigación apuntada por el abogado García montes, apostando por un enfoque técnico y médico que podría aportar respuestas hasta ahora no exploradas con la profundidad suficiente. Casi dos décadas después de la desaparición de Yeremi, el caso sigue conmocionando a la sociedad canaria y a toda España. Las nuevas diligencias no solo refuerzab las vías de investigación, sino que también mantienen viva la esperanza de avanzar hacia una verdad judicial y humana que la familia del menor sigue esperando con dignidad y perseverancia.
El Rubio, más adelante
El juez ha rechazado la solicitud de la acusación particular para recibir una nueva declaración de Antonio Ojeda Bordón, conocido como El Rubio, en calidad de investigado, todo ello hasta que no se incorporen a la causa los documentos médicos de Yéremi Vargas pedidos al SCS y el posterior informe forense del IML de Las Palmas con sus conclusiones acerca de la cianosis del niño.
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