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Imagen del Palacio de Justicia de San Agustín, sede del TSJC. JUAN CARLOS ALONSO

El TSJC ratifica 10 años y medio de cárcel por violar a su hijastra

Tribunales ·

Aprovechaba que la madre se encontraba trabajando para mantener relaciones sexuales completas con la menor

Francisco José Fajardo

Las Palmas de Gran Canaria

Martes, 30 de julio 2024, 02:00

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El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha confirmado la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife a un hombre por agresión sexual continuada con penetración a la hija de su pareja, quien sufrió abusos durante varios años.

La sentencia incluye una pena de 10 años y medio más un día de prisión, una orden de alejamiento y prohibición de comunicación con la víctima por ocho años más allá del tiempo de condena, y el mismo tiempo de libertad vigilada tras el cumplimiento de la pena privativa de libertad. Además, se le impone la obligación de pagar una indemnización de 6.000 euros a la víctima y cubrir los gastos de tratamiento psicológico necesarios.

EL FALLO

  • La sentencia impone 10 años, seis meses y un día de prisión, se le prohibe acercarse a menos de 500 metros de la víctima y comunicarse con ella por cualquier medio durante 8 años adicionales a la pena de prisión Tras cumplir la pena de prisión, deberá cumplir 8 años de libertad vigilada y no podrá ejercer ninguna profesión u oficio que implique contacto regular y directo con menores de edad durante 5 años más. En cuanto a la responsabilidad civil, deberá indemnizar a la menor con 6.000 euros y cubrir los gastos terapéuticos.

Según la sentencia, el acusado mantenía una relación sentimental con la madre de la víctima, nacida en diciembre de 2006. Esta relación creó un entorno de confianza ya que todos vivían en el mismo domicilio. Los abusos comenzaron en 2020, cuando la menor tenía menos de 14 años.

La resolución detalla que el hombre aprovechaba los momentos en que la madre de la niña estaba trabajando fuera del hogar para agredir sexualmente a la menor. Estos actos se realizaban con regularidad, al menos tres veces por semana, y se incrementaron con el tiempo. El procesado inicialmente se hacía pasar por un ginecólogo para que la menor se desnudara, alegando que debía enseñarle sobre su cuerpo, para luego proceder a la penetración vaginal.

Los abusos continuaron hasta octubre de 2022, cuando la menor decidió denunciar los hechos. Primero contactó con una fundación, que a su vez informó al padre biológico de la menor. Este último presentó la denuncia ante el juzgado, lo que llevó al ingreso en prisión provisional del acusado en octubre de 2022.

En su recurso de apelación, el acusado alegó la inexistencia de pruebas biológicas y lesiones físicas que pudieran confirmar la agresión sexual. Insistió en que no había pruebas de ADN ni espermatozoides y que las declaraciones de la menor no indicaban el uso de violencia. También señaló que la menor había tenido relaciones sexuales con su novio a los 13 años y que su denuncia estaba influenciada por la presión del padre biológico.

El TSJC desestimó estos argumentos, destacando que la consistencia y persistencia de las declaraciones de la víctima eran suficientes para mantener la condena. Las declaraciones de la menor fueron consideradas creíbles y coherentes a lo largo del tiempo, y se corroboraron con audios presentados durante el juicio. En estos audios se escuchaba al acusado intentando llevar a cabo actos sexuales con la menor, quien se resistía.

La sentencia subraya que la falta de pruebas físicas no desvirtúa la existencia de los hechos, ya que la menor no afirmó en ningún momento que los abusos se cometieran con violencia física. El Tribunal también destacó que las declaraciones de la menor estaban respaldadas por un informe psicológico que consideraba sus relatos como «probablemente creíbles». Este informe indicó que las declaraciones de la menor cumplían con 16 de los 19 criterios de credibilidad establecidos.

La víctima ha requerido tratamiento psicológico debido a los abusos sufridos, y la sentencia ordena al condenado a cubrir los gastos terapéuticos necesarios para su cuidado.

De esta forma, el TSJC ratificó la sentencia, confirmando la condena del acusado a más de 10 años de prisión por agresión sexual continuada a menor.

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