La jueza anula el acuerdo que cambió la composición de las comisiones de pleno
El recurso al voto ponderado para incluir a las edilas Correas y Guerra se considera que «no resulta conforme a derecho»
La magistrada del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 4 ha estimado parcialmente el recurso presentado por la portavoz del PP, Pepa Luzardo, contra la reordenación de la composición de las comisiones de pleno que aprobó el Ayuntamiento para dar cabida a las concejalas no adscritas Beatriz Correas y Carmen Guerra, después de que dejaran sus antiguos partidos, Ciudadanos y PP respectivamente.
La sentencia, contra la que cabe la interposición de un recurso de apelación, anula el acuerdo plenario de junio de 2020 . El Ayuntamiento sacó adelante en aquel momento, con los votos del gobierno y el apoyo de Correas y Guerra, la propuesta de la secretaria general, que consistía en reducir la presencia de concejales del PSOE (pierde dos) y del PP (pierde uno) en las comisiones para permitir la entrada de las dos concejalas sin partido, de modo que no se sobrepasara el número máximo de nueve de componentes que pueden tener las comisiones en la ciudad.
A cambio, para evitar la sobrerrepresentación de las edilas no adscritas, se articuló el voto ponderado, de manera que el voto del representante del PSOE valía por once; el del PP, seis; el de Unidas Podemos, tres; el de Nuevas Canarias, tres; el de Ciudadanos, dos; el de CC-UxGC, dos; y uno cada una para Guerra y Correas.
La jueza María del Carmen Monte Blanco anula esta disposición porque entiende que no se respeta la proporcionalidad de la representación de los partidos. «Teniendo en cuenta que el mandato legal de proporcionalidad es de proporcionalidad estructural o de composición y no funcional o deliberativa, obligado es concluir que (...) la nueva composición de las comisiones del Pleno no resulta conforme a derecho».
Lo que no se acepta es la pretensión de reajustar la asignación económica que recibe el PP.