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La directora general de Edificación y Actividades del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria, María Gracia Pedrero, emitió este jueves una resolución por la que se deniega, de modo expreso, la licencia de legalización del biodigestor de Tenoya, que en el año 2013 empezó a levantarse junto a las viviendas del pueblo, lo que provocó un movimiento de protesta y rechazo contra la nueva industria por miedo a la contaminación, los malos olores y el supuesto peligro para la salud de la población circundante.
El Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria entiende que la obtención del permiso por silencio administrativo, como pretendía la empresa Valoración Ecológica de Residuos y Energía, no puede prosperar.
El posicionamiento del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria va en la línea de la sentencia de la sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), que ya ordenó la anulación de la licencia de obra que permitió la construcción del biodigestor en el camino viejo a Casa Ayala, en el barrio de Tenoya, a pesar de las resistencias de residentes y colectivos ciudadanos.
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La entidad Valoración Ecológica de Residuos y Energía presentó en 2019 la solicitud de licencia para instalar una industria de eliminación de aguas residuales y lodos para su reutilización en agricultura que se planteó sobre un estanque que formaba parte del patrimonio etnográfico de Las Palmas de Gran Canaria, según las denuncias que realizaron los vecinos.
Casi un año más tarde, la sección municipal de Control Urbanístico redactó un informe desfavorable a la concesión de la licencia al detectarse «incumplimientos» respecto del proyecto original presentado al Consistorio.
Sin embargo, como el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria no emitió una resolución expresa de denegación de licencia, la empresa presentó un recurso que fue estimado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo 4 de Las Palmas de Gran Canaria. El tribunal entendía que la falta de respuesta del Consistorio capitalino debía entenderse como una autorización del biodigestor por silencio administrativo positivo.
Esta decisión fue la que revocó el TSJC a principios de 2024. Y eso fue un espaldarazo al procedimiento de revisión del permiso que había iniciado el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria con escaso éxito. Con la sentencia del TSJC, el Consistorio se dirige al Consejo Consultivo de Canarias para que informe sobre un nuevo procedimiento de revisión del permiso. La respuesta llega el 21 de octubre y en ella, el Consultivo entiende que el procedimiento de revisión es procedente.
A la vista de esta interpretación, diez días más tarde, la Asesoría Jurídica del Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria proponía emitir una declaración de nulidad «del acto presunto de obtención, por silencio administrativo positivo, de la licencia» del biodigestor de Tenoya.
Como consecuencia de ello, se denegó la licencia en la resolución municipal del pasado jueves, contra la que cabe la interposición de un recurso contencioso-administrativo.
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