
Fin a la vía judicial contra el cierre de una machacadora en Santa Lucía
Discuplina urbanística ·
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Discuplina urbanística ·
El Tribunal Supremo no admite a trámite un recurso interpuesto por la empresa contra la orden municipal de clausurar la actividadLa sección primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo, en una providencia dictada el pasado 20 de abril, ha inadmitido a trámite el recurso que presentó Hormigones Canarios SL contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que avaló el decreto del Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana que ordenó cerrar la machacadora que gestiona la empresa en el barranco de Tirajana.
La Sala motiva su decisión en la falta de fundamentación suficiente del recurso y en la carencia de interés casacional. El tribunal ya emitió la diligencia de ordenación en la que confirma la firmeza de la resolución judicial. Antonio Hernández, letrado de los demandantes, los vecinos de los barrios del entorno, anuncia que en próximos días pedirán que se ejecute la sentencia. Desde la empresa prefieren no hacer valoraciones. Aún no se les ha notificado la providencia.
La resolución judicial ahora ratificada basó su decisión en el hecho de que la empresa que gestiona la machacadora no aportó documentación que acreditase que posee licencia municipal para ejercer la actividad. Según consta en el proceso judicial, Hormigones Canarios SL asegura que la obtuvo en 1985, pero el Ayuntamiento no solo lo niega, sino que en 2017 aprobó mediante decreto el cierre del establecimiento y la prohibición de desarrollar la actividad de extracción, distribución y comercialización de toda clase de áridos y materiales de constrrucción y obras, machaqueo, clasificación y producción de áridos en el barranco de Tirajana.
El contencioso lo interpusieron vecinos de los barrios situados en las cercanías, como Castillo del Romeral o Juan Grande, que se quejan de las molestias que les causa la polvareda que levanta esta industria.
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