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Imagen de archivo del inicio de las obras del futurp parque urbano de Gáldar. C7
El Consejo consultivo no da la razón a Gáldar al resolver el contrato de la obra del parque urbano

El Consejo consultivo no da la razón a Gáldar al resolver el contrato de la obra del parque urbano

Dictamen ·

El órgano consultivo de Canarias concluye que el Ayuntamiento no ha dado oportunidad de explicarse a la empresa contratista

Miércoles, 18 de mayo 2022, 14:39

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La obra del parque urbano de Gáldar, proyecto que el Ayuntamiento proyecta en un antiguo estanque en la calle Delgado del casco, debería haber concluido en junio de 2019. No habiendo sido así, el consistorio galdense procedió a la resolución del contrato de obras a la UTE encargada de la ejecución de tales obras.

A su vez, el alcalde, Teodoro Sosa, acudió al Consejo Consultivo de Canarias para que avalase tal resolución de contrato. Sin embargo, el Consejo Consultivo «entiende que no es conforme a derecho, debiéndose retrotraer las actuaciones».

El supremo órgano consultivo de la comunidad autónoma «echa en falta, tanto en el expediente tramitado como en la propia propuesta de resolución, la descripción/justificación de las incidencias y/o vicisitudes que determinaron la demora en el cumplimiento del plazo total de ejecución del contrato, en el periodo que abarca desde la fecha de la comprobación del replanteo hasta el mes de junio de 2021».

Y esto es «decisivo para poder dilucidar convenientemente si las causas de resolución alegadas por la Administración municipal -demora en el cumplimiento de los plazos de ejecución- resultan imputables a la UTE contratista».

Pero como el Ayuntamiento de Gáldar no ha aportado tal razonamiento, «no puede llevarse a cabo un completo análisis jurídico de la cuestión de fondo planteada en el presente procedimiento consultivo». Por tanto, hay que retrotraer las actuaciones.

Recreación de cómo será el parque urbano que Gáldar construye en un antiguo estanque.
Recreación de cómo será el parque urbano que Gáldar construye en un antiguo estanque. C7

Si bien es cierto que la obra de rehabilitación del estanque para la implantación de un parque urbano con aparcamiento y dotaciones anexas sufrió una serie de retrasos, hasta su paralización, entiende el Consejo Consultivo que el Ayuntamiento resolvió el contrato sin haberle dado a la empresa contratista las correspondientes oportunidades de defensa. Y es que durante el procedimiento se emitieron una serie de informes de los que no tuvo conocimiento la UTE.

Así que «el desconocimiento de tales informes le provoca al contratista una limitación de los medios de alegación y, en consecuencia, de defensa de sus derechos e intereses, pues no ha tenido acceso a los argumentos e informaciones contenidos en los citados informes ni, por consiguiente, ha podido contestarlos adecuadamente, lo que le produce indefensión».

Que se retrotraigan las actuaciones

Por lo tanto, dice el Consejo Consultivo de Canarias, «procede que, conservando los actos y trámites practicados, se retrotraigan las actuaciones para que se otorgue trámite de vista y audiencia al contratista sobre la totalidad del expediente tramitado; tras lo que procederá, en su caso, la redacción de una nueva Propuesta de Resolución que deberá ser sometida a dictamen por este Consejo».

También detalla que «el órgano instructor guarda silencio respecto a las vicisitudes contractuales acaecidas» entre la extensión del acta de comprobación de replanteo y el mes de junio del año 2021.

«Circunstancias estas que son de vital importancia a la hora de analizar si el retraso en el cumplimiento del plazo total de ejecución del contrato de obras resulta imputable o no al contratista».

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