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Imagen de archivo. C7

Pillado en Lanzarote circulando a 164 kilómetros por hora en un vía de 60

El hombre, de 25 años, se enfrenta a un posible delito contra la seguridad vial

canarias7

Las Palmas de Gran Canaria

Domingo, 5 de marzo 2023, 09:54

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Un hombre de 25 años fue investigado el pasado 24 de febrero por el Destacamiento de Tráfico de Arrecife, en Lanzarote, por un posible delito contra la seguridad vial, al circular con un exceso de velocidad de 164 kilómetros por hora sobre el límite máximo de la vía, en el municipio de San Bartolomé.

La Guardia Civil detectó al vehículo circulando por encima de la velocidad permitida el citado día, durante la realización de un dispositivo de verificación de velocidad mediante cinemómetro móvil.

Los hechos se peretraron en la carretera LZ34 que une los municipios de Tahiche y San Bartolomé en un tramo de vía donde el límite máximo de velocidad era 60 kilómetros por hora.

Tan pronto el vehículo fue detectado en el punto de control a la velocidad indicada, se estableció dispositivo para detenerlo e identificar al conductor. Una vez identificado, se le informó de que se procederá a su investigación por un supuesto delito contra la Seguridad Vial.

Finalizada la instrucción de las diligencias, estas fueron entregadas en el Juzgado de Guardia de Arrecife, además de en la Adscripción Permanente de la Fiscalía, con aportación de las imágenes captadas por el cinemómetro, así como del resto de indicios e informes realizados por personal del Destacamento de Arrecife.

Normativa aplicable

El artículo 379.1 del código penal, establece que «El que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, con la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años».

Tal conducta puede comportar además la pérdida de vigencia del permiso de conducir en caso de condena de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores superior a dos años, tal y como establece el artículo 47 del mismo código, por lo que la persona condenada tendría que realizar las pruebas oportunas ante la Jefatura de Tráfico, para poder conducir.

La velocidad tiene una influencia directa en la ocurrencia y severidad de los accidentes de tráfico. Con velocidades de conducción más altas, el número de siniestros y su gravedad aumentan exponencialmente.

Muy relacionada con la velocidad está la distancia de detención del vehículo.

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