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Orden de desahucio por no pagar las rentas para la Residencia El Valle

Orden de desahucio por no pagar las rentas para la Residencia El Valle

El Juzgado de Primera Instancia número 8 de Las Palmas de Gran Canaria ha ordenado la resolución del contrato de arrendamiento de la empresa que gestiona el Centro Residencial El Valle, además de una orden de desahucio y que cedan las licencias para la continuación de la industria a favor de los propietarios de la misma, todo ello por no haber abonado los demandados varias rentas y cantidades asimiladas que, en total, ascienden a un montante de 202.726 euros.

Miércoles, 15 de julio 2020, 17:02

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El procedimiento judicial tuvo su origen en la demanda interpuesta por la empresa Sanjinestor SL, en la que solicitaba la resolución del contrato de arrendamiento de industria que concertó el 14 de noviembre de 2014 con Servicios de Atención Mixta y emergencias Sanitarias de Canarias SL (Sames Canarias), que es la responsable del Centro Residencial El Valle y que tiene como administrador único a José Manuel Arnáiz, expresidente de la Autoridad Portuaria de Las Palmas. Dicha demanda fue presentada al haber incumplido Sames Canarias la obligación de abonar las rentas y cantidades asimiladas, solicitando de esta manera el demandante que fuese condenada al pago de 202.726,78 euros que era el monto total de la misma.

En el acto de la audiencia previa, los propietarios reconocieron que, tras la interposición de la demanda, la empresa de Arnáiz había efectuado diversos pagos. En concreto, aportó documentos en el que figuraban pagos por parte de una tercera entidad en concepto «a cuenta alquileres» por los siguientes importes: 30.000 euros en fecha 29/01/2019 y en fecha 14/01/2019; 24.000 euros en fecha 20/03/2019, 20.000 euros en fecha 28/03/2019 y en fecha 21/05/2019. Pero al mismo tiempo, Sames Canarias fue declarado por la autoridad judicial «en situación de rebeldía procesal» al no personarse en el procedimiento ni darse por notificado durante el trámite del mismo.

Por este motivo, el Juzgado de Primera Instancia número 8 de Las Palmas de Gran Canaria dictó una sentencia notificada a finales de noviembre en la que declaró, en primer lugar, la resolución del contrato de arrendamiento de la industria de prestación de servicios sanitarios, hospitalización y rehabilitación existente en el inmueble situado en la calle Párroco Villar Reina, del Barranquillo de Don Zoilo.

También interesó el desahucio de la entidad demandada, condenándole a su vez al desalojo de la industria y el local, dejándolos libres y a disposición de Sanjinestor SL y en el mismo estado en que los recibió, incluyendo así la devolución de todos los elementos que integran el edificio.

También tendrá la empresa administrada por José Manuel Arnáiz que ceder las licencias necesarias al demandante para que el centro sociosanitario pueda seguir abierto y sus usuarios no se queden en la calle, además de que tendrán que pagar los 202.726, 78 euros adeudados en concepto de renta y cantidades asimiladas a fecha de la interposición de la demanda, aparte de los intereses legales desde la reclamación extrajudicial.

Por último, también tendrá que pagar Sames Canarias las rentas que se hayan devengado desde la interposición de la demanda hasta la efectiva entrega de la industria arrendada a Sanjinestor SL, tomándose como base de la liquidación de las rentas futuras la cantidad de 15.000 euros.

Este fallo judicial es susceptible aún de recurso.

Afirma no saber nada.

Puestos en contacto ayer con José Manuel Arnáiz, administrador único de Sames Canarias, el mismo declaró que no tenía «ninguna notificación» de dicha sentencia y que se «opondrá» a la misma. «No tengo conocimiento de ningún procedimiento en mi contra», manifestó Arnáiz.

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