Tres años de cárcel por colocar una cámara en el baño y grabar a su pareja y los hijos de ella en Granada
El suceso ocurrió en un pueblo de la provincia de Granada y fueron las víctimas las que descubrieron el dispositivo instalado por el procesado
Carlos Morán
Granada
Miércoles, 16 de julio 2025, 10:22
El suceso ocurrió en pueblo de la provincia de Granada y fueron las propias víctimas, una mujer y sus dos hijos, las que descubrieron que ... habían sido grabadas cuando usaban el inodoro. La persona que había instalado la videocámara en el cuarto de baño fue el que entonces era compañero sentimental de la madre.
Tras localizar el dispositivo que el acusado había colocado en el servicio de su casa –donde convivía con su pareja–, los perjudicados hallaron imágenes que habían sido registradas entre los días 22 de diciembre de 2020 al 31 de enero de 2021. En cinco filmaciones aparecía la novia del investigado; en dos, la hija de esta y en una, su hijo; según el relato de los hechos que recoge la sentencia de la Audiencia de Granada que ha condenado al voyerista –individuos que tienen la fijación de observar a otras personas en situaciones privadas sin su aprobación– a una pena total de tres años de cárcel por tres delitos contra la intimidad.
El fallo, que confirma la resolución original que fue dictada por un juzgado de lo Penal de la capital, impone al reo otras tantas multas de doce meses con una cuota diaria de seis euros y, por la responsabilidad civil, ordena al encausado indemnizar con dos mil euros a cada uno de los afectados.
En este sentido, los jueces del tribunal provincial rechazan las alegaciones del imputado y ratifican el primer pronunciamiento de la justicia en todos sus términos, según informa Ideal. No tienen dudas de que el enjuiciado quebrantó la ley. «Probado y así se declara que el acusado mantuvo hasta el día 31 de enero de 2021 una relación sentimental con (la denunciante), conviviendo ambos en el domicilio propiedad (del condenado), vivienda a la que en ocasiones acudían los hijos (de su novia), Desde fecha no determinada, pero al menos desde el día 22 de diciembre de 2020 al 31 de enero de 2021 el acusado, movido por el ánimo de atentar contra la intimidad y sin contar con el conocimiento ni anuencia de su pareja, colocó subrepticiamente una cámara de captación de imágenes con una tarjeta de grabación inserta en un cuarto de baño de la vivienda, enfocada hacía el inodoro con la finalidad de captar imágenes, logrando de esta manera captar y grabar con sus partes íntimas al descubierto mientas utilizaban el inodoro», describe la sentencia.
Cadena de custodia
El resultado de la 'vigilancia' ilegal fue puesto a disposición de la Guardia Civil por los propios perjudicados después de encontrar la cámara y acceder a las filmaciones. «Tras descubrir la cámara espía, con ayuda de un amigo, procedieron a ver lo que aparecía en la tarjeta inserta a aquélla. De esta forma, confeccionaron un archivo con elementos de grabaciones que les parecían importantes y que justificaran la interposición de la denuncia que realizaron con posterioridad. Una vez interpuesta la denuncia, entregaron a los agentes la cámara junto con la tarjeta micro SD, la cual pasó de un equipo a otro de investigación. La cámara quedó depositada en las dependencias de la Guardia Civil y la tarjeta junto al DVD que recoge el volcado del contenido de la misma se entregaron en sendos sobres cerrados junto con el informe policial en el juzgado (...) En ningún caso cabe confundir 'el volcado doméstico' realizado por las denunciantes como justificativo de su denuncia, con el volcado realizador por los agentes previa la autorización judicial al efecto», detalla el fallo para rechazar el argumento defensivo del imputado de que pudo existir una ruptura en la cadena de custodia de la principal prueba inculpatoria.
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