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Protesta ante una clínica abortista en Irlanda del Norte. Reuters
Cárcel para los acosadores de clínicas abortistas

Cárcel para los acosadores de clínicas abortistas

El Senado ha convertido este miércoles en un delito castigado con tres meses a un año de prisión el hostigamiento a embarazadas y sanitarios por piquetes «provida»

Miércoles, 6 de abril 2022, 11:39

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Se acabaron los piquetes, los rezos, las descalificaciones, las pancartas, los chantajes emocionales o los ataques a la intimidad de las embarazadas y de los sanitarios en los alrededores de las clínicas autorizadas para realizar abortos. O, al menos, ya no saldrán penalmente gratis.

El pleno del Senado ha aprobado este miércoles la reforma legal que permitirá a los jueces castigar con cárcel a los activistas «provida» que hostiguen a las mujeres que han decidido interrumpir voluntariamente la gestación o que obstruyan el trabajo de los médicos, enfermeras y gestores de estas clínicas, los profesionales encargados de garantizar que las embarazadas pueden ejercer su derecho.

La reforma, que este miércoles mismo tomará el camino del BOE, no tiene período alguno de carencia. Entrará en vigor con su mera publicación oficial y, por lo tanto, las nuevas infracciones y sus penas de cárcel se podrán comenzar a aplicar por los jueces y tribunales en cuestión de horas. Días, como máximo.

Solo PP y Vox se oponen a endurecer las penas para estos activistas ultracatólicos, sanciones que los jueces comenzarán a aplicar de inmediato

Toda la izquierda parlamentaria, los nacionalistas y Ciudadanos han sumado fuerzas para introducir en el Código Penal el nuevo delito que castigará con penas de prisión de tres meses a un año cualquier acoso de los activistas autodenominados «provida» a mujeres y profesionales. Las coacciones serán perseguibles con o sin denuncia de la embarazada. El objetivo es blindar su libertad, seguridad e intimidad y el libre ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos. La reforma, impulsada por el PSOE, que inicialmente estaba restringida a la mayor protección legal de las embarazadas, fue completada en su tramitación parlamentaria con una enmienda pactada con Unidas Podemos, ERC, Ciudadanos y PNV que consideró igualmente delictiva la obstrucción al trabajo del personal de las clínicas.

Solo el PP y sus socios electorales (UPN y Foro) y Vox se han opuesto al encarcelamiento. Los populares ven un acto de censura previa, una «mordaza» a inocentes y la intención de «la ultraizquierda» de imponer la ley del silencio. La ultraderecha califica estas clínicas como «centros de exterminio» y la reforma como una iniciativa que favorece «a los que se lucran eliminando a seres humanos». La Asamblea de Asociaciones por la Vida, la Dignidad y la Libertad, que coincide con los argumentos de PP y Vox, considera que la reforma es inconstitucional.

Orden de alejamiento

La reforma consta de un artículo único que crea un subtipo del delito de coacciones, la obstaculización del aborto, que será castigado con cárcel de tres meses a un año o, a criterio del juez, con la pena alternativa de 31 a 80 días de trabajos en beneficio de la comunidad. Los condenados, según las circunstancias que concurran en los hechos, pueden recibir una pena adicional de alejamiento. Se les prohibirá acudir a determinados lugares (en este caso los alrededores de las clínicas abortistas) por un tiempo de seis meses a tres años. No obstante, estas dos no serán las únicas penas que puede recibir el autor del nuevo delito. A estos castigos se les sumarían los que «pudieran corresponder a los delitos en que se hubieran concretado los actos de acoso».

El que en días se convertirá en el artículo 172 quater del Código Penal, indica en su punto primero que se impondrán las penas de cárcel y alejamiento a quien, «para obstaculizar el ejercicio del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, acosare a una mujer mediante actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos que menoscaben su libertad».

Dentro de esta amplia casuística parecen encajar los piquetes descritos en el preámbulo del propio texto legal, pero también la práctica de ecografías en vehículos o el ofrecimiento de cafés, que luego impiden la anestesia y la intervención. El artículo, en su punto segundo, añade que «las mismas penas se impondrán a quien, en la forma descrita en el apartado anterior, acosare a los facultativos o directivos de los centros habilitados para interrumpir el embarazo con el objetivo de obstaculizar el ejercicio de su profesión o cargo».

Reclamación de la ONU

La reforma responde a una recomendación del Defensor del Pueblo para crear «zonas seguras» que garanticen el libre acceso de las mujeres a estos centros sanitarios, a las directrices dictadas por la Organización Mundial de la Salud, a las quejas reiteradas de las propias embarazadas y a los llamativos datos revelados por un informe realizado por la Asociación de Clínicas Acreditadas para la Interrupción del Embarazo, las que practican el 90% de los abortos legales, elaborado a partir de las entrevistas a centenares de pacientes.

La indagación concluyó que nueve de cada diez embarazadas que acudieron a abortar a los centros experimentaron «acoso» . Es más, dos de cada tres se sintieron amenazadas por la actuación de los «provida» que, según dijeron, las increparon, insultaron y coaccionaron para que cambiasen su decisión y las hostigaron con proclamas, fotografías, ecografías o fetos de juguete.

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