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Canarias7 / Las Palmas de Gran Canaria
Jueves, 1 de enero 1970
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Los magistrados de las tres secciones penales (primera, segunda y sexta) de la Audiencia palmense acordaron por unanimidad en su reunión del pasado 21 de mayo que, ante la reanudación de la actividad judicial la próxima semana tras el parón por el estado de alarma decretado para combatir la pandemia, el criterio de interpretación de las salas en referencia al acuerdo de suspensión de plazos procesales aprobado por el Consejo General del Poder Judicial en relación con el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal será que el plazo “se reanuda” y no que “vuelve a empezar de cero” como, entienden los magistrados, “mantiene la Fiscalía”.
La decisión de la Junta Sectorial responde al informe emitido el pasado 29 de abril por la Secretaría Técnica de la Fiscalía General del Estado, que estableció que, ante la reanudación de la actividad judicial el próximo 4 de junio, “con carácter general, las diligencias de instrucción se practicarán durante el plazo máximo de seis meses [prorrogables] a contar desde el día siguiente hábil al cese del Estado de alarma”.
En contra de este criterio, las salas de la provincia de Las Palmas entenderán que los plazos se reanudan, al entender, entre otras cuestiones, que la lectura del Ministerio Público sobre el cómputo “va en perjuicio directo contra el reo”.
El presidente de la Audiencia de Las Palmas, Emilio Moya Valdés, ha remitido la decisión de la Junta Sectorial a los decanos de los siete partidos judiciales de las Islas para que se difunda entre los jueces de instrucción de las tres islas.
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