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Alba será juzgado próximamente por los delitos de prevaricación, cohecho, falsedad documental, revelación de secretos y negociaciones prohibidas a funcionarios y, en función de cuál sea el resultado del proceso, el órgano de gobierno de los jueces decidirá su futuro. Es decir, si es condenado sería expulsado de la carrera judicial y si resulta inocente de los cargos, se reincorporaría a su cargo en la Sección Sexta de la Audiencia.
De momento, la suspensión provisional parece inevitable, de acuerdo a lo que imponen los artículos 384.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y 190.3 del Reglamento de la Carrera Judicial, según informó ayer el gabinete de comunicación del propio CGPJ. En cualquier caso, el próximo trámite que seguirá la Comisión Permanente del órgano de gobierno de los jueces será escuchar la opinión del fiscal y las alegaciones del propio magistrado, «a fin de que en el plazo de diez días aleguen lo que estimen oportuno», sostiene el CGPJ en la nota de prensa.
La Ley Orgánica del Poder Judicial prevé la suspensión de los jueces y magistrados «cuando se hubiere declarado haber lugar a proceder contra ellos por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones».
La suspensión se mantendrá hasta que recaiga en la causa sentencia resolutoria o auto de sobreseimiento.
Hay que recordar que el Tribunal Superior de Justicia de Canarias abrió recientemente juicio oral por prevaricación, cohecho, falsedad y revelación de secretos al juez de Las Palmas de Gran Canaria Salvador Alba por intentar perjudicar presuntamente a su colega de judicatura Victoria Rosell, cuando esta era diputada de Podemos tras haber pedido una excedencia como titular del Juzgado de Instrucción nº 8 de Las Palmas de Gran Canaria.
El magistrado Salvador Alba ha dirigido dos escritos al presidente del TSJC Antonio Doreste y otro al órgano de gobierno de los jueces, solicitando que se le certifiquen las normas de constitución seguidas para la formación de la Sala de Apelación de su caso y las normas de reparto de las mismas. El magistrado considera que, al adolecer de estas normas de reparto para su composición, tal como exige la Ley Orgánica del Poder Judicial en sus artículos 73 y 152, puede devenir en una demanda por vulneración de derechos fundamentales ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. Mientras tanto, Alba sigue de baja médica y, por ende, sin haber podido deliberar la sentencia del caso Faycán.
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