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El Supremo desprotege la casa de Alfredo Galán Moreno

El Tribunal Supremo ha dado la razón a los propietarios de la casa de Alfredo Galán Moreno, en la calle Canalejas, para desproteger el inmueble y permitir que se levanten cinco pisos, en lugar de las dos plantas que tiene hoy. El edificio es obra de Fernando Navarro (1911), ampliada en la década siguiente por Rafael Masanet.

Antonio F. de la Gándara y Javier Darriba

Miércoles, 31 de mayo 2017, 09:03

El Tribunal Supremo ha dado la razón a los propietarios y ha rechazado el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento por el litigio abierto en 2013 por la protección y edificabilidad de un inmueble catalogado en el entorno de Perojo. Ahora, una sentencia del Alto Tribunal desprotege la vivienda y permite a sus propietarios que construyan cinco plantas de altura, dos más que lo que decía el Consistorio capitalino para el solar de Canalejas 21. La sentencia condena además al Ayuntamiento a abonar las costas, con un máximo de 4.000 euros.

El Supremo ratifica la sentencia de la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC), que determinaba que «tanto los informes periciales aportados, como las ratificaciones de los peritos ante la Sala, han determinado que no ha existido un estudio exhaustivo y lógico que haya justificado la inclusión del inmueble en el catálogo de protección municipal».

Respecto al grado de protección ambiental, que determina la ficha en función del grupo que formaba con los números 23, 25, 27 y 29, la Sala determina que el número 25 es un solar y que ni el 27 ni el 29 están catalogados, por lo que se desvirtúa este nivel de protección.

Respecto a la edificabilidad que recae sobre el solar en cuestión, se recuerda que tanto en los planes generales de 1989, como en los del 2000 y del 2005 se le asignaba una ordenanza de cinco plantas, si bien en la adaptación plena al Texto Refundido de las Leyes de Ordenación del Territorio y Espacios Naturales de Canarias, se bajaba las alturas a tres pisos.

«En las zonas excluidas del antiguo API-02 (Plan Especial de Protección Entorno de la calle Perojo) se mezclan ahora, según los tramos de calles, ordenanzas M4 y M5, P3 y P4, y la nueva delimitación es absolutamente irregular sin explicación alguna de su delimitación, asignando distintas alturas para manzanas o partes de manzanas pertenecientes a una misma zona homogénea».

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