Borrar
Los números y no los porcentajes, para instituciones igualitarias

Los números y no los porcentajes, para instituciones igualitarias

El Consejo Consultivo insta a tener en cuenta el equilibrio numérico a la hora de establecer las cuotas de hombres y mujeres ya que, en algunos casos, sería imposible de cumplir. Advierte que el Parlamento deberá esperar a cambiar su reglamento para garantizar la representación igualitaria

Almudena Sánchez y Santa Cruz de Tenerife

Jueves, 16 de julio 2020, 22:50

Necesitas ser registrado para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

El Consejo Consultivo llama la atención sobre la imposibilidad de aplicar criterios porcentuales a la hora llevar la igualdad a las instituciones públicas, tal y como establecen las proposiciones de ley mediante las cuales varios grupos parlamentarios buscan garantizar una representación equilibrada entre mujeres y hombres.

A lo largo del dictamen, el Consultivo pone varios ejemplos. En el caso de la elección de los altos cargos del Diputado del Común, la proposición de ley establece que «las personas de cada sexo no superen el 60% ni sean inferior al 40%. Sin embargo, «teniendo en cuenta que este artículo se refiere al nombramiento de tres adjuntos -la adjuntía primera, la adjuntía segunda y la adjuntía especial de igualdad entre mujeres y hombres y violencia de género, es evidente que resulta imposible cumplir este criterio basado en porcentajes».

Más complicado es en el caso del propio Consejo Consultivo. Se propone, por un lado en la cuota de consejeros que corresponde al Gobierno elegir -3 personas-, éste designe a «2 y 1 de cualquiera de los dos sexos», mientras que en la cuota del Parlamento -4 personas-, sea «2 miembros de cada sexo».

Por otro lado, la reforma legal prevé que en el procedimiento para la designación del consejo «se garantizará que el Gobierno y cada uno de los grupos parlamentarios a los que corresponda la propuesta faciliten la composición de género que permita la representación equilibrada».

Sin embargo, el órgano que preside Pablo Matos considera que «esta garantía solo es útil en el caso del Parlamento, donde distintos grupos pueden proponer miembros del consejo. En el caso del Gobierno, al ser un órgano colegiado solidario, no hay procedimiento interno alguno: debe proponer a dos personas de un sexo y a una del otro».

El criterio se repite para cada una de las instituciones de relevancia estatutaria -Audiencia de Cuentas, Diputado del Común y Consejo Consultivo- a las que afecta la proposición de ley.

De igual modo, el Consejo Consultivo advierte que, precisamente por la naturaleza que tienen los órganos mencionados en la iniciativa legislativa, deberán modificar sus regulaciones propias para poder aplicar los criterios de igualdad que persigue la proposición de ley.

Así, el órgano asesor indica en su dictamen que, «por su posición dentro de la organización de la Comunidad Autónoma, los órganos estatutarios o de relevancia estatutaria estarían dotados de autonomía institucional, viniendo dicha autonomía otorgada por el ordenamiento jurídico».

Por lo tanto, «las reformas pretendidas por ambas proposiciones de ley -se dictamina sobre las iniciativas de los grupos Socialista y Nacionalista Canario-, irreprochables desde el ámbito constitucional y estatutario, sería adecuado llevarlas a cabo mediante una modificación ad hoc de sus leyes reguladoras de manera singular y exclusiva para cada una de las instituciones».

Esto es particularmente relevante en el caso del Parlamento hasta el punto de que el Consejo Consultivo considera que «será el reglamento el que deba establecer, para que sean efectivas, las medidas necesarias para alcanzar la igualdad entre mujeres y hombres». Cabe recordar que las modificaciones reglamentarias se producen cada cuatro años.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios