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El Parlamento no fiscaliza los concursos de la tele canaria

El Parlamento no fiscaliza los concursos de la tele canaria

El Parlamento de Canarias «ejerce sobre el ente público RTVC exclusivamente un control de naturaleza política, no jurídica». Por ello, la Cámara no puede actuar en calidad de órgano de «supervisión o fiscalización jurídica» sobre las facultades de contratación del ente o de sus sociedades. Así lo señalan los juristas del Parlamento.

Canarias7 / Las Palmas de Gran Canaria

Jueves, 16 de julio 2020, 08:10

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Desde el pasado lunes, los grupos políticos presentes en el Parlamento de Canarias (Coalición Canaria, PSOE, Partido Popular, Podemos, Nueva Canarias y Agrupación Socialista Gomera) tienen en su poder un informe de 19 páginas de los servicios jurídicos del Parlamento relativo a las competencias de la Cámara en lo relativo a los contratos «del ente público de Radiotelevisión Canaria o de cualquiera de sus sociedades.

A la hora de elaborar el informe, los servicios jurídicos del Parlamento tuvieron en cuenta los siguientes elementos: 1) las iniciativas desplegadas en la Cámara por los grupos para la función de «control político» de RTVC; 2) la aprobación en sesión plenaria de una proposición no de ley que insta al Gobierno a informar jurídicamente sobre el concurso de informativos convocado por Santiago Negrín, presidente del Consejo Rector de RTVC, en calidad de administrador único de Televisión Canaria; 3) la respuesta de la consejera de Hacienda del Gobierno de Canarias, Rosa Dávila, el pasado 19 de septiembre, cuando eludió toda responsabilidad de fiscalización de los contratos de RTVC o de sus sociedades; 4) la resolución del Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de Canarias, que inadmitió un recurso de la empresa Videoreport Canarias SA alegando igualmente que el concurso de informativos es convocado por Televisión Canaria y que el control de la misma es competencia del Parlamento; y 5) el escrito remitido desde Videoreport Canarias a la presidenta del Parlamento, Carolina Darias, dando cuenta de aquella resolución del citado tribunal.

Con esos elementos sobre la mesa, los juristas no tienen duda alguna: «El Parlamento de Canarias ejerce sobre el ente público RTVC exclusivamente un control de naturaleza política, no jurídica, sin que en ningún caso aquél participe directamente en la esfera de gestión que compete al citado ente público en ninguna de sus facetas (económica, presupuestaria, contractual, de gestión patrimonial, de gestión del personal. etc.) Por ello, en ningún momento la Cámara legislativa canaria puede actuar en calidad de órgano de supervisión o fiscalización jurídica respecto del desarrollo de las facultades de contratación pública que el marco legal atribuye en exclusiva, y como reflejo de su autonomía funcional, al ente público RTVC».

Agrega el dictamen que «no existen razones jurídicas que permitan sostener que el ente público o cualquiera de sus sociedades mercantiles ‘dependen’ o ‘están vinculadas’ a los órganos de la Cámara o a la estructura de la Administración parlamentaria».

Por si quedase duda al respecto, añaden los juristas que las facultades que en materia de contratación tiene la Mesa del Parlamento no se extienden a otra actividad contractual que no sea la propia y específica de la Cámara.

Un ente «adscrito» a la Consejería de Hacienda

Además de sentenciar que no es competencia del Parlamento fiscalizar o revisar los contratos de RTVC y de sus sociedades mercantiles, el informe de los juristas de la Cámara va más allá y recuerda que Radiotelevisión Canaria es un ente «adscrito a la Consejería de Hacienda del Gobierno de Canarias, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 5.5 del Decreto 183/2015, de 21 de julio, por el que se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las consejerías del Gobierno de Canarias». Contradice así el Parlamento la tesis esgrimida tanto por la consejera de Hacienda, Rosa Dávila, como por el propio presidente del Gobierno, Fernando Clavijo.

Añaden los juristas que es evidente que la ley que regula el ente RTVC (la 13/2014) dota a ese organismo de mayor «autonomía funcional» del Gobierno que con el modelo anterior, pero agregan: «Resulta igualmente indudable que esa desvinculación» respecto del Ejecutivo no ha llevado aparejada «una atribución al Parlamento de Canarias de una ascendencia organizativa o funcional respecto de la actuación del ente público en ninguna de sus facetas, tampoco en el ejercicio de sus facultades correspondientes al ámbito de la contratación administrativa».

Rebate al tribunal

Tampoco sale bien parado en el informe de los juristas del Parlamento el Tribunal Administrativo de Contratos Públicos de la Comunidad Autónoma, órgano al que recurrió la empresa Videoreport Canarias pidiendo la paralización del concurso de informativos de Televisión Canaria. Dicho tribunal, presidido por Pedro Gómez -nombrado por el Gobierno- inadmitió el recurso al entender que la revisión del concurso es competencia del Parlamento, y es ahí donde los juristas señalan que la Cámara solo puede fiscalizar los contratos que emanan del propio Parlamento. Y añaden que «en la actualidad diversas comunidades (...) atribuyen al Tribunal de Recursos Contractuales autonómico la competencia para la resolución de los recursos especial en materia de contratación entablados contra licitaciones puestas en marcha por los respectivos entes de radiotelevisión públicos», y en otros casos se atribuye al tribunal administrativo de ámbito estatal.

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