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El Gobierno propone aumentar la tributación de las bebidas energéticas al 7%. Europa Press

El Gobierno plantea una rebaja del IGIC descafeinada que no toca los tipos

Tributación. ·

El documento que presenta a los municipios se limita a cambiar de categoría algunos productos y grava más las bebidas energéticas

Miércoles, 18 de octubre 2023, 22:55

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El compromiso del Gobierno de Canarias de rebajar dos puntos de forma progresiva el IGIC del 7% al 5% para que las familias canarias dispongan de más renta disponible se va a limitar en una primera fase a un cambio de categoría de determinados productos o servicios que ven modificado su gravamen, algunos de ellos al alza.

El documento que el Ejecutivo va a presentar este jueves a los ayuntamientos en la reunión del Consejo Municipal de Canarias es una propuesta descafeinada respecto a las expectativas del anuncio de rebaja porque en ningún caso toca los tipos impositivos, que se mantienen tal como están en la actualidad en la ley de 2012 de medidas administrativas y fiscales.

En concreto, entre otros aspectos la propuesta recoge que el tipo cero al que está sujeto el transporte de viajeros y mercancías por vía marítima o aérea entre las islas del archipiélago se amplié también al transporte entre dos puntos de una misma isla, que ahora esta sujeto al tipo general porque no es propiamente interinsular.

Asimismo, la aplicación del tipo cero a las entregas de bienes y prestaciones de servicios, así como las importaciones de bienes con destino a la ejecución de una producción de largometraje cinematográfico o serie audiovisual de ficción, se amplía también a los cortometrajes. «No existe razón alguna, tratándose de un olvido, que el cortometraje no se encuentre incorporado a este instrumento de fomento del sector audiovisual de Canarias», señala la justificación de la propuesta.

Los equipos médicos, aparatos y demás instrumental para uso de personas que tengan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales -tales como gafas graduadas, prótesis, implantes quirúrgicos, plataformas elevadoras o dispositivos de tratamiento de diálisis domiciliaria, ahora sujetos al tipo reducido, pasan al tipo cero al que ya estaban acogidas las sillas de ruedas.

Los pañales para bebés, pañales para adultos y empapadores salvacamas pasan también a tributar a tipo cero. Los colchones, que en la actualidad están acogidos según sus características parte al tipo reducido y parte al general,se unifican todos bajo el tipo reducido.

Incremento

La propuesta de modificación del IGIC incluye también dos modificaciones al alza. Por un lado, las bebidas energéticas -aquellas que contengan cafeína, cualquiera que sea su origen, en una proporción superior a 150 miligramo por litro- y las bebidas refrescantes, zumos y gaseosas con azúcares o edulcorantes añadidos, hasta ahora sujetas al tipo reducido del 3% acogidas al apartado de productos para la nutrición humana, pasan a tributar al tipo general.

La justificación señala que la Agencia Española de Seguridad Alimentaria desaconseja su consumo por su incidencia en la salud, sobre todo entre los jóvenes, y por coherencia con la finalidad de reducir los costes externos del Estado del bienestar, derivados de dietas poco saludables basadas en un elevado consumo de bebidas con edulcorantes añadidos.

En esta misma línea, los cigarros puros con precio superior a 2,5 euros por unidad dejan de tributar al tipo incrementado del 15% para hacerlo al 20%. El documento señala que hasta ahora se ha justificado la excepción de los cigarros puros en la no tributación de su entrega o importación al 20% en la tradición de los fabricantes pureros canarios, pero considera que «ello debe manifestarse en la imposición especial de las labores del tabaco y no en una norma tributaria general sobre el consumo», según indica la justificación.

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