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Imagen de archivo de Sandra Rodríguez. C7
El Gobierno canario restituye en el cargo a la directora general de Infancia

El Gobierno canario restituye en el cargo a la directora general de Infancia

La Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) anuló la condena por prevaricación a la exconcejala de Puerto de la Cruz

EFE / CANARIAS7

Las Palmas de Gran Canaria.

Martes, 24 de septiembre 2024, 02:00

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El Consejo de Gobierno de Canarias nombró este lunes a Sandra Rodríguez como directora general de Protección a la Infancia y a las Familias, cargo al que renunció hace seis meses.

Rodríguez fue condenada por un delito de prevaricación cuando era concejal del Ayuntamiento de Puerto de la Cruz a nueve años de inhabilitación especial para el ejercicio de cualquier cargo en la administración pública.

Esta condena fue recurrida ante la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, que ha exonerado a Sandra Rodríguez.

El portavoz del Gobierno autonómico, Alfonso Cabello, dio cuenta este lunes del nombramiento de Rodríguez, en sustitución de Juana de la Rosa, quien la relevó en el cargo el pasado marzo.

Rodríguez, de Coalición Canaria (CC), había sido condenada en primera instancia a nueve años de inhabilitación por un delito de prevaricación administrativa cometido entre 2015 y 2016 y dimitió el pasado mes de febrero como directora general de Protección a la Infancia y las Familias del Gobierno de Canarias tras conocerse el fallo condenatorio.

En junio pasado la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) anuló la condena por prevaricación a la exconcejala de Puerto de la Cruz por supuestamente haber favorecido la contratación de una persona con la que mantenía una relación sin cumplir el procedimiento estipulado.

El TSJC procedió a su absolución al entender que la sociedad Pamarsa, en la que fue contratado su amigo como socorrista primero y posteriormente como coordinador, es una sociedad mercantil que aunque se financia con capital público, no le son de aplicación la normativa de la administración pública en los procesos de contratación.

Así, el fallo del TSJC descartó que la exconcejala hubiese vulnerado la legislación dado que no tenía obligación de seguir el procedimiento cuestionado y no era preciso llevar a cabo una convocatoria pública para cubrir esta plaza.

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