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Almudena Sánchez y Santa Cruz de Tenerife
Miércoles, 18 de marzo 2020, 09:06
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El exviceconsejero de Energía, Adrián Mendoza, pudo salir sin tacha en su última trayectoria pública a pesar de haberse mantenido como administrador en una sociedad llamada Suria Canarias, Sociedad Limitada mientras ejercía el cargo público y crear otra, Belenus Energy, a los ocho meses de haber sido cesado por el Gobierno autonómico que presidió en su día Fernando Clavijo.
La Ley de Incompatibilidades de los miembros del Gobierno y altos cargos de la Comunidad Autónoma de Canarias establece en el artículo tres, sobre actividades incompatibles que «los altos cargos ejercerán sus funciones con dedicación absoluta, siendo su cargo incompatible con el desempeño de cualquier otra función o actividad pública que no derive de su ejercicio y con el de toda clase de profesiones liberales y actividades mercantiles e industriales, ya sea por sí mismos o mediante apoderamiento o sustitución». Asimismo, el artículo 5, sobre deber de abstención, fija una moratoria de «dos años siguientes a la fecha del cese» en el que el alto cargo no podrá, entre otras cosas, «participar en el capital de empresas mercantiles o industriales cuya regulación o control haya dependido del alto cargo».
Por todo ello, el exconsejero de Industria, Pedro Ortega, informó al Pleno del Parlamento en octubre del año pasado que el que fuera responsable de la entonces Dirección General de Modernización y Calidad de los Servicios inició un procedimiento de «actuaciones previas reservadas al objeto de determinar los hechos susceptibles de modificar la incoación de un expediente sancionador por infracción al régimen de incompatibilidades de altos cargos».
El expediente abierto a Adrián Mendoza concluyó con que «no existe causa para la incoación de un expediente sancionador».
Ésta es la única información que proporciona el hoy director general de Modernización y Calidad de los Servicios, Pablo Andrés Hernández, a quien CANARIAS7 solicitó el acceso al informe al amparo de la Ley Canaria de Transparencia y Acceso a la Información Pública, tras conocer que el caso fue incluido en el orden del día del Consejo de Gobierno reunido en julio de 2019.
Hernández ha denegado la petición por varios motivos. El primero es que el exviceconsejero de Energía rechazó entregar el contenido de las actuaciones previas reservadas que el Ejecutivo inició, durante el período de quince días al que tiene derecho para alegar lo que estime conveniente.
En segundo lugar, se esgrime que «la información contenida en el acuerdo de Gobierno solicitado contiene datos de carácter personal. Por ello, entre las consideraciones jurídicas, Hernández hace alusión a la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, que condiciona el acceso a la información que tiene carácter público.
Y la última razón descansa en un resquicio de la Ley Canaria de Transparencia que brinda el apartado primero del artículo 15, mediante el cual si no ha habido amonestación pública por parte del Gobierno de Canarias que abrió actuaciones previas reservadas, aunque hubiese impuesto infracción administrativa a Adrián Mendoza, «el acceso sólo se podrá autorizar en caso de que se cuente con el consentimiento expreso del afectado», lo cual no sucedió.
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