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Refugiados ucranianos. reuters
Aprobado el nuevo reglamento de acogida de refugiados que refuerza el sistema

Aprobado el nuevo reglamento de acogida de refugiados que refuerza el sistema

Introduce la adaptación de las prestaciones e itinerarios de acompañamiento a cada persona, mediante el establecimiento de tres fases diferenciadas

efe

Madrid

Martes, 29 de marzo 2022, 17:43

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El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que establece el nuevo reglamento que regula el sistema de acogida para reforzar su eficiencia, dotarlo de mayor seguridad jurídica y cambiar el modelo de financiación de las entidades colaboradoras de la subvención a una acción concertada.

A propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, el Gobierno ha dado luz verde a este proyecto que entre sus principales mejoras introduce la adaptación de las prestaciones e itinerarios de acompañamiento a cada persona, mediante el establecimiento de tres fases diferenciadas.

En la fase de valoración y derivación, que dura un máximo de 30 días, se evalúan las necesidades específicas de cada persona y en función de ellas, se establece el recurso (o centro) al que será derivada. El Ministerio de Inclusión proporcionará un alojamiento provisional y cubrirá sus necesidades básicas.

Para poder acceder al sistema, se establece un indicador objetivo de ausencia de medios económicos, equivalente al Ingreso Mínimo Vital para una unidad familiar compuesta por un adulto que en 2022 está situado en 5.899,6 euros anuales.

Una vez superada esa fase, el beneficiario pasará a la de acogida e inclusión, que promueve la adquisición gradual de autonomía y tiene una duración máxima prevista de 6 meses, aunque puede prorrogarse atendiendo a circunstancias específicas de cada persona.

Durante esta etapa, el Ministerio proporcionará alojamiento en el recurso que se haya determinado durante la fase anterior, según explica en una nota de prensa.

La tercera fase de la acogida es la de autonomía y consiste en la continuación del itinerario individualizado en la etapa previa fuera del centro de acogida, mediante la asignación de ayudas económicas personalizadas en función del perfil y destinadas a cubrir las necesidades básicas.

Durante esta etapa, el sistema prestará apoyo social, psicológico y jurídico, proporcionará la enseñanza del idioma y facilitará asesoramiento laboral y el acceso a programas de formación, entre otros apoyos. La duración máxima es de 6 meses, prorrogables otros 6 para las personas reasentadas y se proveen ayudas económicas para alquiler.

El real decreto establece un nuevo sistema de financiación más estable en el que la acción concertada sustituye al modelo único de subvenciones anuales en el sistema de acogida de Protección Internacional y se extiende a la atención humanitaria.

De este modo, explica Migraciones, se dota de mayor estabilidad a las entidades que colaboran con el Ministerio en la gestión de la acogida ya que fija un plazo de financiación 2 a 4 años, ampliable por el mismo periodo por el que se haya suscrito inicialmente.

Y se consolida un sistema mixto de gestión que favorecerá el intercambio de información y permitirá a las entidades colaboradoras mejorar su planificación de recursos.

Este nuevo sistema prevé un anticipo del 50 % de la entidad concertada al inicio del acuerdo y la liquidación periódica del resto del importe en función de los costes incurridos.

Finalmente, el reglamento incrementa la seguridad jurídica del sistema al actualizar y centralizar distintas normas de diferente rango dispersas en nuestro ordenamiento jurídico.

La aprobación del nuevo reglamento refuerza el sistema de acogida español en un momento en el que afronta el reto de la llegada de miles de familias procedentes de Ucrania que huyen de la guerra y tras la activación de la directiva europea de protección temporal, que les garantiza permiso de residencia y trabajo.

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