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La retirada de terrazas en Las Canteras, pendiente

Lunes, 15 de diciembre 2014, 00:00

La retirada de las terrazas instaladas en el Paseo de Las Canteras dependerá de la respuesta que el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria aporte al recurso presentado por el empresario al que se le ordenó que quitase las sillas y las mesas de su restaurante en Los Nidillos.

El recurso presentado por el propietario del restaurante Mar y Luna contra la resolución municipal que le ordena la retirada de la terraza instalada en el paseo peatonal de Los Nidillos permitirá la suspensión temporal de esa medida, a la espera de que se aclaren las competencias de cada administración y la legalidad de la medida adoptada por el Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria y por la Demarcación de Costas de Canarias.

La orden municipal que revocó el pasado 10 de noviembre la autorización otorgada al restaurante Mar y Luna para desplegar mesas y sillas en el tramo de su fachada en la zona de Los Nidillos se dictó «sin ni siquiera concederle trámite de audiencia» al afectado, y obviando un informe favorable del servicio de Bomberos que certifica la garantía de tránsito a vehículos de emergencias y peatones por la zona. Este es uno de los argumentos que se expone en el escrito formalizado ante la Corporación municipal el pasado 3 de diciembre, con el que se pretende recuperar el derecho que tenía reconocido este negocio a ocupar una línea de la zona peatonal que da prolongación al Paseo de Las Canteras hacia El Confital. El escrito advierte de la «grave negligencia» que supone no dar audiencia al afectado en un procedimiento como el aplicado en este caso, al atender la Corporación municipal un requerimiento de la Demarcación de Costas sin tan siquiera «proceder a comprobar las medidas que exige el deslinde» de la servidumbre de tránsito prevista en la Ley de Costas. La reclamación cuestiona que se pueda aplicar a la zona de Los Nidillos las medidas previstas en la ordenanza municipal para el Paseo de Las Canteras, y alega que la revocación «no especifica en qué artículo de la ordenanza se fundamenta» la medida. Además, precisa que no se han producido «cambios en las circunstancias que determinaron el otorgamiento de la autorización», lo que afecta a la «seguridad jurídica» del interesado.

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