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Condenado por crear porno infantil en una piscina del Sur

Condenado por crear porno infantil en una piscina del Sur

Antonio F. de la Gándara

Jueves, 1 de enero 1970

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El guitarrista y fotógrafo inglés Archie Meaney ha sido condenado a tres años de prisión por descargarse porno infantil y producir él mismo este material, tomando durante más de un año imágenes a niños en la piscina comunitaria de los apartamentos donde residía en Playa del Inglés.

El Juzgado de lo Penal número 2 de Las Palmas ha condenado a tres años de prisión al ciudadano inglés residente en Gran Canaria Archie Meaney, de 62 años, como autor de un delito de corrupción de menores. La magistrada Mónica Oliva ha considerado probado que durante caso dos años todo 2013 y octubre hasta 2014 estuvo descargándose porno infantil de internet a su ordenador y produciéndolo él mismo con fotografías que tomaba desde su ventana a los niños que se bañaban en la piscina comunitaria de los apartamentos en los que residía en Playa del Inglés. En un relato de gran dureza para cualquier persona normal, la sentencia que acaba de notificarse declara probado que durante el año 2013 y hasta octubre de 2014, Meaney estuvo «conectándose o accediendo a internet y descargándose imágenes en fotografía y vídeo de menores con explícito contenido sexual, algunas exhibiendo penetraciones por vía vaginal, bucal y anal a niñas de muy corta edad, incluso bebés, mostrando a niñas atadas y con los ojos vendados». Asimismo, dice el fallo, desde la ventana de su apartamento en una urbanización de Playa del Inglés, el acusado vino «confeccionando material pornográfico infantil, fotografiando y grabando por sí mismo a las niñas menores de 13 años que hacían uso de la piscina de la referida urbanización, a la cual tiene vistas el mencionado apartamento». Expone la sentencia que Meaney, guitarrista de pubs además de fotógrafo, captaba imágenes de las pequeñas «sólo con traje de baño, enfocando a las nalgas, pechos y vagina de las menores, aprovechando los momentos en que la prenda que los cobre se retira accidentalmente, o porque se cambien de bañador, o otra circunstancia». El imputado, al que no se pareció enfermedad mental alguna, guardaba las imágenes que tomaba en la piscina de los niños inocentes y totalmente despreocupados y las manipulaba, «resaltando los atributos sexuales». Después las ordenaba y las archivaba, agrupando las imágenes en atención a «la específica connotación sexuales de las mismas, con el correspondiente título explícito en inglés: tetas (tits), nalgas (arse), clítoris (clits), mi bebé lo muestra todo (my baby shows all), poniéndose el bikini, desnudándose en la piscina grande «y otros similares». Entre las niñas usuarias de la piscina fue identificada una pequeña isleña de no más de nueve años, «quien al tomar conocimiento de estos hechos ha sufrido miedo de ir a la piscina o a la playa, por si alguien le va a tomar fotografías con este propósito». La Sala acepta las tesis de la Fiscalía de Criminalidad Informática y no se ha parado a determinar si el acusado difundió o no el material depravado; de acuerdo con el artículo 189 del Código Penal, le condena por la simple «producción de pornografía infantil». El inglés admitió que habitualmente se bajaba material de porno infantil de internet y que ocasionalmente hacía fotografías a niños en la piscina, pero la juez en tiende que lo que en verdad llevaba a cabo era la producción de material pornográfico. No se condena en este caso «el tráfico o difusión», sino «la elaboración de un registro en la actividad desplegada por el menor o de su cuerpo». Contra el fallo cabe recurso de apelación ante la Audiencia.

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